Auto Nº 76-147-60-00-171-2018-01155-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 27-03-2020
Sentido del fallo | ANULA ACTUACIÓN |
Materia | NULIDAD POR VIOLACIÓN AL PRINCIPIO DE CONGRUENCIA - No es posible, aunque hayan sido atribuidos en la imputación de cargos, condenar por hechos que no consten en la acusación. / |
Número de registro | 81507741 |
Número de expediente | 76-147-60-00-171-2018-01155-01 |
Fecha | 27 Marzo 2020 |
Normativa aplicada | Código de Procedimiento Penal art. 34 (NUMERAL 1), 317 (NUMERAL 5) Y 448 |
Emisor | Sala Penal (Tribunal Superior de Buga de Colombia) |
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA
SALA DE DECISIÓN PENAL
Magistrado Ponente: ÁLVARO AUGUSTO NAVIA MANQUILLO
Radicado: 76147-60-00-171-2018-01155-01 (AC-004-20)
Acusado: J.L. Cadena Correa
Delito: violencia intrafamiliar
Guadalajara de Buga, veintisiete de marzo de dos mil veinte
Discutido y aprobado según Acta No 030 de la fecha
1. OBJETO
Resolver el recurso de apelación interpuesto por la defensa del señor Yefferson
Londrey Cadena Correa, en contra de la sentencia No. 294 del doce (12) de
diciembre de dos mil diecinueve (2.019), a través de la cual la Juez Cuarto Penal
Municipal de Cartago, lo declaró inimputable y autor del delito de violencia
intrafamiliar y, como medida de seguridad, impuso la internación en establecimiento
psiquiátrico, clínica o institución de carácter oficial por el término de diez (10) años.
2. ANTECEDENTES
Los hechos jurídicamente relevantes fueron narrados en la audiencia de
formulación de imputación celebrada el seis (06) de diciembre de dos mil dieciocho
(2.018) ante el Juez Primero Penal Municipal de Cartago, de la siguiente manera:
JUSTICIA PENAL
BUGA
AUTO SEGUNDA INSTANCIA TRIBUNAL SUPERIOR
Código: GSP-FT-09
Versión: 2
Fecha de aprobación: 22/05/2012
Radicado: 76147-60-00-171-2018-01155-01 (AC-004-20) Acusado: J.L. Cadena Correa
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“El día 28 de septiembre de 2.018 a las tres de la tarde, María Eugenia Correa
Hernández (…) de sesenta años de edad, residente en la carrera 11 con quinta,
B.S.J., denunció a su hijo Yefferson Londrey Cadena Correa (…) bajo
los siguientes parámetros: vengo a denunciar a mi hijo porque el cada rato me
maltrata, ya llevo varios años aguantándome los golpes y las vulgaridades que me
dice, mi hijo no trabaja y no hace nada, el reside en la carrera 11ª 50-40 barrio
S.J., conmigo, ¿en qué fecha ocurrieron los últimos hechos?, el 27 de
septiembre de 2.018, ¿Quién es el autor del hecho?, mi hijo, Yefferson Londrey
Cadena Correa, ¿Quiénes conforman el núcleo familiar?, vivimos en la misma
casa, con mi hijo y yo, además, mi esposo cuando viene de Cali, ¿Qué cree que
sea el motivo que su denunciado la agredió?, él tiene esquizofrenia tipo maníaco,
el maltrato que ha recibido cómo es?, físico y psicológico por parte de mi hijo,
¿con qué se producen las agresiones?, con las manos, con cuchillos, con la
almohada me tapa como para que yo no respire, maltrato físico y psicológico
frecuentemente.
M.E.C. fue remitida a Medicina Legal, donde fue atendida por el
doctor M.Q.S., quien la examinó el 1º de octubre de 2.018 y
dijo lo siguiente: (…) la examinada refiere que desde que vine acá en el 2.015, me
la he pasado con él internándolo, en CICO y en Cali, pero, él vuelve y recae, al
Psiquiatra me toca llevarlo con la Policía y en la Fiscalía me dicen que es
inimputable y ahora me mandaron otra vez para acá, él volvió a caer en la droga,
desde hace un año y ha estado muy agresivo, el último problema que tuvimos fue
el 28 de septiembre de 2,018 a las 8:30 de la noche, me empezó a llamar a
preguntar que dónde estaba e insultándome, yo le dije que esperara que estaba
donde P. a la vuelta de mi casa, cuando llegué en un taxi me insultó, el señor
del taxi me ayudó a descargar cuando entré a la casa me cogió del cabello me
montó al mueble y me cogió del cuello a ahorcarme y me insultaba y me decía
cuanta grosería existe, cerró la puerta y me daba con la hebilla de la correa que
tenía, me le metí a la pieza y se me metió por la ventana a seguir pegándome. Al
examen presenta lesiones actuales consistentes con la relación de los hechos,
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mecanismo traumático de lesión contundente, abrasivo, con incapacidad médico
legal definitiva de ocho (08) días y sin secuelas. Recomendaciones: se trata de
una mujer de sesenta años actualmente desempleada que vive con el hijo de
treinta, esquizofrénico y drogadicto que no cumple con los tratamientos
psiquiátricos desde los 14 años de edad, por su condición de drogadicto y, lo difícil
del cumplimiento del tratamiento, ve al hijo descompensado, agresivo, lo cual
implica un gran riesgo para la integridad y la vida de la examinada, por lo cual se
sugieren medidas de protección para evitar nuevos hostigamientos y agresiones.
M.E. es derechosa a una medida de protección impuesta por el juzgado
de control de garantías para el 03 de octubre de 2.018.
Ahora, existe el programa metodológico y órdenes a policía judicial, donde
identifican plenamente e individualizan plenamente (sic) a Yefferson Londrey
Cadena Correa y donde M.E. rinde entrevista, ante Sandra Liliana
Cervera Giraldo, el 17 de octubre de 2.018, (…) y dijo lo siguiente (…) no recuerdo
la fecha porque ya ha pasado mucho, lo que pasó este día último, yo en mi trabajo
ocasional, ayudando a las doctora del (…) terminé de hacer la labor que tenía y
me invitaron a comer, ese día comenzó mi hijo Y. a llamarme al teléfono a
insultarme que donde estaba para ir, que donde me encontraba, él es una persona
muy posesiva, es que yo creo que él me mira no como madre, sino como mujer,
como siempre he vivido sola con él, él me cela, siempre quiere que para todas
partes lo lleve, no me puedo demorar en la calle, porque comienza a insultarme,
tengo que llevarle de a dos o tres paquetes de cigarrillos diarios, que es lo que él
se consume, porque si no, no puedo llegar a la casa. Ese día me demoré para
llegar porque me fui donde una amiga que se iba a mudar de casa, lo que hice fue
empacar las cosas de mi amiga y cuando llegué a la casa, entré y él me encerró,
le echó llave a la puerta, yo me dirigí a la cocina hacía la sala, cuando sentí que
él me cogió del cabello, y me dobló encima de las poltronas y como pude me le
solté, cogí una manguera para yo defenderme y me dijo si usted me toca con eso,
siquiera un pedacito, la mato, porque hace días estaba que la agarraba y le daba
a ésta perra, allá fue donde me agarró a punta pies, dejándome las piernas
moradas, cogió la gorra que tiene una hebilla metálica, y con esa hebilla me daba,
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le daba a la mesa también del centro. Me aprisionada las piernas para que yo no
saliera, pero como pude salí y me metí a mi cuarto, pero él, se metió por la ventana
se me subió a la cama, me daba patadas, me decía no llore, porque si sigue
haciendo bulla, la ahogó con está almohada y la dejo aquí muerta, me voy para
donde mi papá. Ya se cansó de aporrearme y salí para afuera y me dijo me pasa
los cigarrillos, voy a ir a comprarlos, no vaya a salir corriendo porque la cojo del
pelo. (…)
Efectivamente, hay una historia clínica que dice (…) que le han diagnosticado
trastorno afectivo bipolar, donde el paciente conoció una institución con
diagnóstico de trastorno esquizo-afectivo, diagnosticado desde 2.009 y
antecedente de consumo de (…) desde los 14 años, quien ha tenido cuatro
hospitalizaciones recientes por descompensación sicótica, última hospitalización
04 de noviembre de 2.016, delirante, persecutor y referencial, Yefferson Londrey
Cadena Correa, antecedentes: marihuana desde los 14 años y cigarrillo desde los
16, ambos hasta junio de este año, que de los 14 a los 19 consumía, además,
alcohol, perico y poper, trauma, mordedura de perro a los dos años en el
antebrazo derecho, (…) trastorno esquizo - afectivo por bipolaridad.
(…)”
Leyó la entrevista rendida por la señora R.P.S. amiga de la
víctima, quien narró el conocimiento que tiene de las presuntas agresiones
propinadas por el señor Y.L.C.C. y una constancia sobre
las diligencias realizadas por una Comisaría de Familia.
Por lo anterior, (33:56) formuló cargos en contra del señor Yefferson Londrey
Cadena Correa, como presunto autor del delito de violencia intrafamiliar, física y
psicológica, cometida en contra de la señora M.E.C..
El 18 de diciembre de 2.018, la Fiscalía presentó escrito de acusación en contra
del señor Y.L.C.C., en el cual narró como hechos
jurídicamente relevantes que: “Ante el despacho de la Fiscalía se presenta la
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señora M.E. CORREA HERNANDEZ el día 28 de septiembre de
2.018, con el fin de denunciar penalmente por la conducta de Violencia
Intrafamiliar, al señor Y.L.C.C., quien es su
hijo. Expresó que lo denunciaba, porque no se aguantaba más el maltrato que le
viene infiriendo desde hace varios años, pues, de manera constante la insulta y la
golpea. Dice que su denunciado no trabaja, ni hace nada, se la pasa en la casa.
Seguidamente, la fiscalía procede a darle a conocer a la víctima sus derechos y
deberes, signando el acta correspondiente.
La Fiscalía solicitó valoración de la víctima y el Dr. L.Q.S.,
Profesional Universitario Forense, en el informe pericial de clínica forense,
estableció una incapacidad definitiva, de ocho (8) días, sin secuelas médico legal.
La Fiscalía libra los correspondientes oficios de solicitud de medidas de protección
al ICBF, Comisaría de Familia, C. de la Policía Nacional. Se solicitó
audiencia de imposición de medida de protección en favor de víctimas, de
violencia intrafamiliar.
Al conocer de esta investigación, la Fiscalía libra orden a policía judicial y en
respuesta a la misma se obtiene informe de investigador de campo de fecha 2018-
10-22, signada por la investigadora L.C.G., el cual es
acompañado con los siguientes EMP:
(…).
Como puede verse, los verbos rectores que tipifican la violencia intrafamiliar son
variados y no hay lugar a dudas que en el presente caso la conducta está
plenamente demostrada y como presunto responsable lo es el señor JEFFERSON
LONDREY CADENA CORREA.
El señor J.L.C.C., era...
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