Auto Nº 76-147-60-00-171-2015-00346-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 28-02-2022 - Jurisprudencia - VLEX 904955894

Auto Nº 76-147-60-00-171-2015-00346-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 28-02-2022

Sentido del falloANULA ACTUACIÓN Y DECRETA LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Número de registro81593740
Fecha28 Febrero 2022
Número de expediente76-147-60-00-171-2015-00346-01
MateriaHECHOS JURÍDICAMENTE RELEVANTES - Cuando se está ante un delito imprudente como lo son las lesiones personales culposas en accidente de tránsito, es necesario que en la imputación y en la acusación se delimite cómo el indiciado incrementó el riesgo y cuáles fueron la desatención, omisión, negligencia, impericia o trasgresión de normas y cómo esas infracciones condujeron indefectiblemente al resultado dañoso / DERECHO AL DEBIDO PROCESO - Se ve afectado de manera grave cuando el acto de comunicación o pliego de cargos omiten los hechos jurídicamente relevantes y solo se menciona que ocurrió una colisión y que el implicado conducía un vehículo y no tomó, sin precisarlas, las previsiones legales de tránsito / PROCEDIMIENTO ESPECIAL ABREVIADO - En el traslado del escrito de acusación (entiéndase imputación) el fiscal, al delimitar la premisa fáctica, debe referirse de manera clara, sucinta y en lenguaje comprensible a los hecho que, en concreto, encajan en la conducta penal / NULIDAD - El traslado del escrito de acusación no cumplió con el propósito de comunicarle al procesado, en lenguaje sencillo y claro, los hechos jurídicamente relevantes, pues dicho documento solo refiere el acaecimiento de un accidente de tránsito, los nombres de los conductores y las lesiones ocasionadas, pero no detalla ni precisa en qué consistió la falta al deber objetivo de cuidado por parte del indiciado, cuál fue la norma de tránsito que desacató o de qué manera desarrolló la conducta imprudente que desencadenó la colisión / PROCEDIMIENTO ESPECIAL ABREVIADO - En la audiencia concentrada el fiscal, mediante la adición al escrito de acusación, pretendió subsanar la irregularidad de no precisar los hechos jurídicamente relevantes, pero no era posible, en dicho acto, que no debió celebrarse al tenerse por inexistente el acto antecedente del traslado de la acusación, sanear ese vicio de estructura / TRASLADO DEL ESCRITO DE ACUSACIÓN - Aunque es reconocido como un acto de parte exclusivo de la fiscalía, dicha diligencia tiene efectos procesales porque a partir de allí el procesado adquiere la condición de parte y, además, se interrumpe el término de prescripción y, en todo caso, equivale a la formulación de imputación / PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL - La anulación en su integridad del acto de comunicación de cargos permite advertir que no fue interrumpido el término de prescripción y que dicho fenómeno se consumó el 17 de abril de 2020 /
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