Auto Nº 76-147-31-84-002-2020-00176-02 del Tribunal Superior de Buga Sala Civil - Familia, 02-05-2023 - Jurisprudencia - VLEX 938373100

Auto Nº 76-147-31-84-002-2020-00176-02 del Tribunal Superior de Buga Sala Civil - Familia, 02-05-2023

Sentido del falloMODIFICA
EmisorSala Civil – Familia (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Fecha02 Mayo 2023
Número de expediente76-147-31-84-002-2020-00176-02
Número de registro81685691
MateriaDECRETO DE PRUEBAS - El juez decretará las pruebas solicitadas por las partes siempre que sean pertinentes, conducentes y útiles, para la verificación de los hechos objeto de controversia / DECRETO DE PRUEBAS - El rechazo de pruebas por impertinentes o inútiles solo puede tener lugar cuando de forma patente, clara y evidente queda al descubierto que la probanza invocada es ajena a las hipótesis discutidas en el pleito (impertinencia) o no presta servicio alguno al proceso (utilidad) / DECRETO DE PRUEBAS - En el evento de presentarte alguna duda en punto del cumplimiento de los requisitos de pertinencia y utilidad, se deberá acceder a la solicitud probatoria, para determinar / DECRETO DE PRUEBAS - El registro civil de nacimiento no tiene relación directa con los hechos y pretensiones de la demanda, y ese documento únicamente conduce a verificar el parentesco de la menor con la accionante, circunstancia que / DECRETO DE PRUEBAS - La juez de primera instancia no podía negarse a decretar las fotografías y el video con el único argumento de no verificar en estas una acción u omisión por parte del demandado, pues estos medios documentales si devienen pertinentes y útiles para sustentar uno de los hechos en que se fundamentan las pretensiones de la demanda, esto es, la presunta configuración de la causal 4 de divorcio, consagrada en el art. 154 del Código Civil: la embriaguez habitual de uno de los cónyuges /
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