Auto Nº 76-248-60-00173-2022-00216-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 10-02-2023 - Jurisprudencia - VLEX 924745095

Auto Nº 76-248-60-00173-2022-00216-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 10-02-2023

Sentido del falloDECLARA FUNDADA LA RECUSACIÓN
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Número de registro81648062
Fecha10 Febrero 2023
Número de expediente76-248-60-00173-2022-00216-01
MateriaIMPEDIMENTOS Y RECUSACIONES - Su finalidad es garantizar que los funcionarios judiciales obren con estricto apego a los principios de imparcialidad y objetividad de tal suerte que cualquier factor que pueda afectar su buen juicio y transparencia sea motivo suficiente para separarlos del conocimiento del asunto / IMPEDIMENTOS Y RECUSACIONES - Las causas que dan lugar a separar del conocimiento de un caso determinado a un juez no pueden deducirse por analogía, ni ser objeto de interpretaciones subjetivas, en cuanto se trata de reglas con carácter de orden públicoial / IMPEDIMENTOS Y RECUSACIONES - Aunque la defensa omitió exponer de forma adecuada las razones por las cuales, el juez primero penal del circuito de Palmira debe apartarse del conocimiento de esta causa, pues ni siquiera invoco´ alguna causal de las taxativamente señaladas en la ley, no se puede olvidar que dicha recusación se presentó en un contexto de decisión desfavorable acerca de una petición de preclusión elevada por la Fiscalía, lo cual obliga a esta Corporación a revisar, en aras de procurar los principios de objetividad, imparcialidad y ecuanimidad en la función pública de administrar justicia, si se configura la causal de impedimento contemplada en el numeral 14 del artículo 56 de la Ley 906 de 2004 / RECUSACIÓN POR HABER CONOCIDO Y NEGADO EL JUEZ LA SOLIC ITUD DE PRECLUSIÓN - No opera de manera automática, pues, en todos los casos, se debe verificar que el funcionario judicial, al resolver la petición haya comprometido de manera real su criterio en punto de la materialidad de la conducta y la presunta responsabilidad penal de los implicados / RECUSACIÓN POR HABER CONOCIDO Y NEGADO EL JUEZ LA SOLIC ITUD DE PRECLUSIÓN - En la providencia denegatoria de la solicitud de preclusión, el juez comprometió su criterio en torno a la valoración de unos elementos materiales probatorios que posteriormente serán debatidos en el juicio y de esa manera podría estar afectada su objetividad, ecuanimidad e imparcialidad a la hora de realizar, en el ámbito de la sana crítica, cuando ya deba adoptar una decisión definitiva, el examen de dichos medios de conocimiento /
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