Auto Nº 76-520-60-00181-2013-03035 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 26-05-2023 - Jurisprudencia - VLEX 938373263

Auto Nº 76-520-60-00181-2013-03035 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 26-05-2023

Sentido del falloDECLARA INFUNDADO EL IMPEDIMENTO
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Fecha26 Mayo 2023
Número de expediente76-520-60-00181-2013-03035
Número de registro81685763
MateriaIMPEDIMENTOS Y RECUSACIONES - Las circunstancias constitutivas de impedimento y recusación se estatuyeron en desarrollo del principio de imparcialidad, para garantizar a la sociedad que el funcionario judicial llamado a resolver el conflicto jurídico objeto del proceso penal sea ajeno a cualquier interés distinto al de la recta administración de justicia / IMPEDIMENTOS Y RECUSACIONES - El legislador, en procura de efectivizar la imparcialidad del juez, definió de manera taxativa las causales por las que es procedente apartar a los funcionarios judiciales de los asuntos llamados a resolver / IMPEDIMENTO POR HABER CONOCIDO Y NEGADO LA SOLICITUD DE PRECLUSIÓN - Alcance de la causal en la jurisprudencia de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia / IMPEDIMENTO POR HABER CONOCIDO Y NEGADO LA SOLICITUD DE PRECLUSIÓN - No siempre que un funcionario niegue una preclusión automáticamente queda impedido para conocer de las actuaciones subsiguientes / IMPEDIMENTO POR HABER CONOCIDO Y NEGADO LA SOLICITUD DE PRECLUSIÓN - En la decisión que negó la preclusión no hubo, en manera alguna, análisis de elementos materiales probatorios o manifestaciones respecto de la materialidad de los delitos o a la eventual responsabilidad del procesado y el juez hizo referencia exclusivamente a lo que tiene que ver con el delito contra la seguridad pública y para ello tomó apartes de los hechos jurídicamente relevantes plasmados en el escrito de acusación, sin análisis de fondo de elementos, entrevistas u otros medios que puedan llegar luego a ser considerados como pruebas y que pueda comprometer su criterio y así mismo, su imparcialidad frente al asunto repartido a ese juzgado desde el año 2014 / IMPEDIMENTO POR HABER CONOCIDO Y NEGADO LA SOLICITUD DE PRECLUSIÓN - El impedimento manifestado por el referido funcionario contrapone esos preceptos jurisprudenciales y la interpretación y alcance dado para declararse imposibilitado para seguir conociendo de la etapa del juicio, corresponde a valoraciones subjetivas y a una analogía normativa que no se encuentra reglada por nuestro ordenamiento y que no ha sido así interpretado jurisprudencialmente / IMPEDIMENTO POR HABER CONOCIDO Y NEGADO LA SOLICITUD DE PRECLUSIÓN - La causal esgrimida está limitada para cuando la petición de preclusión la hace el representante del ente acusador y ello aquí no ocurrió; como tampoco sucedió lo establecido jurisprudencialmente en cuanto a que, en la decisión de preclusión hubiese hecho estudio sobre elementos materiales probatorios y consideraciones sobre la eventual participación del enjuiciado en los hechos atribuidos /
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