Auto Nº 76-520-60-00-180-2019-01905 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 01-11-2022 - Jurisprudencia - VLEX 950419729

Auto Nº 76-520-60-00-180-2019-01905 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 01-11-2022

Sentido del falloREVOCA AUTO
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Número de registro81638058
Fecha01 Noviembre 2022
Número de expediente76-520-60-00-180-2019-01905
Normativa aplicada1. 2. 3. 4.
MateriaDESCUBRIMIENTO PROBATORIO - Toda prueba, para poder ser admitida y luego practicada en el juicio oral, debe haber sido descubierta oportunamente, pues, de lo contrario lo que procede es su rechazo / DICTAMEN PERICIAL - Independientemente del contenido, resultados y conclusiones consignadas en el informe de laboratorio suscrito por el perito bali´stico, no hay duda de la omisio´n de la Fiscali´a de garantizar la custodia y mismidad de los elementos materiales probatorios recolectados en la escena del crimen / DESCUBRIMIENTO PROBATORIO - La Fiscalía incumplió de manera parcial con la obligación de descubrir el dictamen pericial en lo concerniente a las vainillas recolectadas en el lugar de los hechos y de esa manera vulneró la posibilidad del acusado de controvertirlo o refutarlo / DESCUBRIMIENTO PROBATORIO - Resulta inexplicable determinar cua´les fueron las razones fa´cticas, probatorias y juri´dicas que llevaron al juez de, manera extempora´nea por anticipacio´n, a examinar e interpretar el dictamen pericial, si lo u´nico que debi´a valorar era si la Fiscali´a habi´a cumplido o no con el deber de descubrir la totalidad de los elementos materiales probatorios y evidencias fi´sicas que pretendi´a usar en el juicio oral /
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