Auto Nº 76-520-31-84-003-2022-00470-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 14-11-2022 - Jurisprudencia - VLEX 950420374

Auto Nº 76-520-31-84-003-2022-00470-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 14-11-2022

Sentido del falloAJUSTA LA SANCIÓN IMPUESTA
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Número de registro81640134
Fecha14 Noviembre 2022
Número de expediente76-520-31-84-003-2022-00470-01
MateriaINCIDENTE DE DESACATO - El control de garanti´as fundamentales debe ser proporcional a la naturaleza sancionatoria del mecanismo / NULIDAD EN DESACATO - El hecho de que los sancionados no hayan ejercido su derecho a la defensa y contradiccio´n no se explica por una irregularidad en el procedimiento, sino en una postura de parte adoptada por ellos / SANCIÓN POR DESACATO - Tiene repercusio´n en los derechos del investigado —por ejemplo, afectaciones a la libertad y al patrimonio personales—, efectos que obligan a utilizarlos solo cuando se advierta la necesidad de hacer cumplir el fallo de tutela y la proteccio´n constitucional impartida en e´l / SANCIÓN POR DESACATO - No puede usarse a la ligera ni volverse un instrumento de castigo y por ello, para evitar arbitrariedades, deben verificarse, en cada caso, los elementos objetivo y subjetivo de la responsabilidad / SANCIÓN POR DESACATO - Ninguno de los investigados ejecutó una acción positiva de cumplimiento a la orden de tutela y lo único que han demostrado es un profundo rechazo en la observancia de sus deberes y, especialmente de los llamados que les hace la administracio´n de justicia / SANCIÓN POR DESACATO - La sancio´n de 3 di´as de arresto impuesta por el Juzgado Tercero Promiscuo de Familia de Palmira, a juicio de la Sala, es acorde con la afectacio´n a los derechos fundamentales la accionante y el nivel de indiferencia denotado por los investigados / SANCIÓN POR DESACATO - La sancio´n pecuniaria impuesta, si se tiene en cuenta que la accionante se encuentra hospitalizada a causa de un accidente de tránsito que le comprometió de manera grave la pierna izquierda, no es garantía suficiente de que los investigados se vean precisados a cumplir el fallo de tutela /
    • Este documento está disponible en versión original sólo para clientes de vLex

      Consulta este documento y prueba vLex durante 7 días
    • PRUÉBALO

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR