Auto Nº 76-520-31-84-002-2022-00725-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Civil - Familia, 30-10-2023 - Jurisprudencia - VLEX 980645091

Auto Nº 76-520-31-84-002-2022-00725-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Civil - Familia, 30-10-2023

Sentido del falloDECLARA PREMATURA LA DECISIÓN DE NO ASUMIR EL CONOCIMIENTO Y DEVUELVE EL EXPEDIENTE DIGITALIZADO
EmisorSala Civil – Familia (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Fecha30 Octubre 2023
Número de expediente76-520-31-84-002-2022-00725-01
Número de registro81711026
MateriaRECUSACIÓN - Habiéndose aceptado por la titular del Juzgado Primero Promiscuo de Familia de Palmira la recusación que le formuló el demandante, lo que correspondía a su homóloga era, conforme lo determina el inciso 3 del artículo 143 del Código General del Proceso, definir si aceptaba como ciertos o no los hechos alegados por el recusante y si los mismos estaban o no comprendidos dentro de las causales legales / RECUSACIÓN - En todo este tiempo nunca supo la directora del juzgado 2º por qué su antecesora aceptó la recusación y, a pesar de ser consciente de esa insuficiencia, procedió a no avocar el conocimiento partiendo incluso de supuestos que denotan poca rigurosidad en el estudio del expediente /
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