Auto Nº 76-622-31-05-001-2023-00179- 01 del Tribunal Superior de Buga Sala Laboral, 15-11-2023 - Jurisprudencia - VLEX 980642937

Auto Nº 76-622-31-05-001-2023-00179- 01 del Tribunal Superior de Buga Sala Laboral, 15-11-2023

Sentido del falloANULA ACTUACIÓN
EmisorSala Laboral (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Fecha15 Noviembre 2023
Número de expediente76-622-31-05-001-2023-00179- 01
Número de registro81712464
Normativa aplicada1. 2. 3.
MateriaACCIÓN DE TUTELA - A pesar de la sumariedad del trámite de tutela, su desarrollo no escapa a las garantías constitucionales de todo proceso judicial. Si este se ha surtido sin el conocimiento de cualquiera de las partes o de terceros con interés en la decisión que tome el juez de tutela, dicha circunstancia comporta una violación a los derechos de contradicción y defensa y, por tanto, al debido proceso / ACCIÓN DE TUTELA - La obligatoriedad de poner en conocimiento el inicio del trámite de tutela a quienes deben intervenir, no se limita a los accionados sino a todo aquel que pueda resultar afectado con la decisión que se tome / NULIDAD EN TUTELA - Se omitió la vinculación al trámite constitucional del INVIMA, cuya intervención es necesaria al momento de tomar la decisión correspondiente; entidad encargada de la vigilancia sanitaria y del control de calidad de los medicamentos / NULIDAD EN TUTELA - La apoderada judicial NUEVA EPS en el escrito de impugnación enunció que se encuentra imposibilitado jurídica y materialmente para dar cumplimiento al fallo de tutela ante la falta de autorización del INVIMA frente al medicamento que reclama el actor por vía de tutela, por lo que resulta indispensable la intervención de dicha entidad / NULIDAD EN TUTELA - Es preciso requerir a la médica tratante para que determine la idoneidad del medicamento, cuáles han sido los criterios científicos, el impacto del medicamento en otros pacientes, su utilidad, entre otros factores que permitan tener por acreditado científicamente el medicamento /
    • Este documento está disponible en versión original sólo para clientes de vLex

      Consulta este documento y prueba vLex durante 7 días
    • PRUÉBALO

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR