Auto Nº 76-834-31-05-002-2022-00232-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Laboral, 17-03-2023 - Jurisprudencia - VLEX 938373824

Auto Nº 76-834-31-05-002-2022-00232-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Laboral, 17-03-2023

Sentido del falloMODIFICA
EmisorSala Laboral (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Número de registro81651488
Fecha17 Marzo 2023
Número de expediente76-834-31-05-002-2022-00232-01
MateriaPROCESO EJECUTIVO LABORAL - El funcionario judicial tiene la obligación, de efectuar revisión del título ejecutivo, antes de librar el respectivo mandamiento o incluso con posterioridad a la orden de ejecución / INTERESES DEL ARTÍCULO 1617 DEL CÓDIGO CIVIL - Son los establecidos por la ley cuando las partes no han estipulado de forma concreta el perjuicio que pueda ocasionar la mora en el cumplimiento de la obligación / PROCESO EJECUTIVO LABORAL - Los intereses legales del artículo 1617 del Código Civil no son procedentes frente a las acreencias o deudas de índole laboral / PROCESO EJECUTIVO LABORAL - En este caso, el título ejecutivo lo constituye una sentencia proferida dentro de un proceso ordinario laboral cuya parte resolutiva no ordeno´ o condeno´ al pago de los intereses legales /
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