AUTO nº 76001-23-33-000-2013-00826 01 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A) del 22-11-2021 - Jurisprudencia - VLEX 896195793

AUTO nº 76001-23-33-000-2013-00826 01 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A) del 22-11-2021

Sentido del falloNO APLICA
Fecha de la decisión22 Noviembre 2021
Número de expediente76001-23-33-000-2013-00826 01
Tipo de documentoAuto
EmisorSECCIÓN TERCERA

MEDIO DE CONTROL DE REPARACIÓN DIRECTA / AUTO QUE DECRETA PRUEBAS DE OFICIO / SOLICITUD DE PRUEBA / PRUEBA DE OFICIO / PRUEBA DE OFICIO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO / EXCEPCIÓN DE FALTA DE LEGITIMACIÓN EN LA CAUSA POR ACTIVA / SENTENCIA CONDENATORIA / PAGO DE LA CONDENA / CONDENADO / PRUEBA DEL PAGO DE LA CONDENA / SENTENCIA CONDENATORIA / MEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO

La parte demandante, por medio de apoderado judicial, en ejercicio del medio de control de reparación directa, presentó demanda contra la Nación - Ministerio del Trabajo, la Fiduciaria La Previsora S.A. y la Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A., con el fin de que se les declarara administrativamente responsables por “los daños antijurídicos ocasionados [con] las acciones y omisiones ejecutadas durante la liquidación de la ESE Antonio Nariño”. Mediante sentencia (…) el Tribunal (…) declaró la falta de legitimación en la causa por activa (…) adicionalmente, negó las pretensiones. (…) El proceso se encuentra al despacho para proferir sentencia de segunda instancia; sin embargo, la Sala observa que existen aspectos dudosos en relación con el pago de las acreencias reclamadas por algunos de los demandantes, por tal razón, para el esclarecimiento de la verdad, con base en lo dispuesto en el artículo 213 de la Ley 1437 de 2011 (norma aplicable al caso), se decretará como prueba de oficio lo siguiente: O. al Juzgado (…) para que allegue copia digital de las actuaciones relacionadas con el pago de la sentencia condenatoria proferida en el (…) proceso de nulidad y restablecimiento del derecho.

FUENTE FORMAL: C.P.A.C.A. - ARTÍCULO 213

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN A

Consejera ponente: MARTA NUBIA VELÁSQUEZ RICO

Bogotá D.C., veintidós (22) de noviembre de dos mil veintiuno (2021)

Radicación número: 76001-23-33-000-2013-00826 01(66300)

Actor: INSUMED LTDA. Y OTROS

Demandado: FIDUPREVISORA S.A. Y OTROS

Referencia: MEDIO DE CONTROL DE REPARACIÓN DIRECTA

La parte demandante, por medio de apoderado judicial, en ejercicio del medio de control de reparación directa, presentó demanda contra la Nación - Ministerio del Trabajo, la Fiduciaria La Previsora S.A. y la Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A., con el fin de que se les declarara administrativamente responsables por “los daños antijurídicos ocasionados [con] las acciones y omisiones ejecutadas durante la liquidación de la ESE Antonio Nariño”.

Mediante sentencia del 16 de octubre de 2019, el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca declaró la falta de legitimación en la causa por activa de Insumed Ltda., Redox Colombia S.A., Hospitrauma Ltda., A.P.C.C., Bio Diagnósticos Ltda, Funcancer, L.E.S.C., D.H.F. y Tecnicartuchos; adicionalmente, negó las pretensiones formuladas por Arthomeds S.A. y Hospimédicos S.A.

El proceso se encuentra al despacho para proferir sentencia de segunda...

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