Auto Nº 760013103001202000094-01 (20-121) del Tribunal Superior de Cali Sala Civil, 14-01-2021 - Jurisprudencia - VLEX 879262138

Auto Nº 760013103001202000094-01 (20-121) del Tribunal Superior de Cali Sala Civil, 14-01-2021

Sentido del falloREVOCA AUTO
MateriaTESIS: Las facturas por prestación de servicios de salud en el marco del SGSSS, tienen un régimen especial para su creación, presentación para el pago, reclamación por parte del contratante del servicio prestado - que no es otro que la EPS - y la aceptación, características estas, que son distintas de las establecidas en los artículo 773 y 774 del código de comercio, modificados por la ley 1231 de 2008 que a su vez está reglamentada parcialmente por el Decreto 3327 de Septiembre de 2009. / Tanto la ley comercial, como las normas del SGSSS son concurrentes en que la ausencia de reclamos (glosas) contra la factura, constituye su aceptación tácita. / El acaecimiento de la aceptación expresa o tácita, denota la eficacia del recibo de la factura, y sustituye la firme del obligado
Número de registro81516301
Fecha14 Enero 2021
EmisorSala Civil (Tribunal Superior de Cali de Colombia)
Número de expediente760013103001202000094-01 (20-121)
Normativa aplicada1. Código de Comercio Art. 774 # 2, 782 # 2 / Ley 1231 de 2008 / Decreto 3327 de 2009. / Ley 100 de 1993 / Ley 715 de 2001 Art. 67 / Decreto 046 de 2000 / Ley 1122 de 2007 Art. 13 / Ley 1438 de 2011 Art. 56, 57 / Decreto 780 de 2016 (Único reglamentario del sector salud) Art. 2.2.2.1., 2.5.3.2.5. / Decreto 2106 de 2019 / Decreto 4747 de 2007 Art. 21,22, 23 / Resolución 3047 de 2008 del Ministerio de Salud
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