Auto Nº 760013103007201700286-01 del Tribunal Superior de Cali Sala Civil, 07-09-2021 - Jurisprudencia - VLEX 879157287

Auto Nº 760013103007201700286-01 del Tribunal Superior de Cali Sala Civil, 07-09-2021

Sentido del falloCONFIRMA LOS NUMERALES 3º Y 4º DEL AUTO INTERLOCUTORIO
MateriaINSCRIPCIÓN DE LA DEMANDA - E n el registro mercantil, como en el de actividades financieras o afines / TESIS: Debe analizar el Juez al momento de decretar una medida cautelar - las nominadas - en el estadio de un juicio de conocimiento, es que estén previamente consagradas en la norma para el cometido que se pidió, esto es, inscripción de la demanda en asuntos que versan sobre el dominio de bienes sujetos a registro, la misma situación pero cuando el caso gira en torno a asunción de responsabilidad en determinada situación, porque de no comprobarse tales situaciones la decisión no puede ser distinta a la de negar la solicitud, salvo que y ahí entra en juego las llamadas medidas cautelares innominadas - literal c) del numeral 1º del artículo 590 - se considere aplicar alguna restricción al patrimonio del demandado en forma “…razonable para la protección del derecho objeto del litigio,…”
Número de registro81563074
Fecha07 Septiembre 2021
EmisorSala Civil (Tribunal Superior de Cali de Colombia)
Número de expediente760013103007201700286-01
Normativa aplicada1. Código General del Proceso Art. 590 # 1 Lit. B / Corte Suprema de Justicia - Sala Civil. Sentencia STC 15244-2019 del 8 de noviembre de 2019. / Código General del Proceso, Ed. Legis, 2018, pág. 508
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