Auto Nº 760013110001201900067-01 del Tribunal Superior de Cali Sala de Familia, 03-03-2021 - Jurisprudencia - VLEX 879159182

Auto Nº 760013110001201900067-01 del Tribunal Superior de Cali Sala de Familia, 03-03-2021

Sentido del falloCONFIRMA PARCIALMENTE
MateriaTESIS: El derecho de prueba no implica de modo forzoso que deban ser decretadas todas las que sean pedidas por las partes o intervenientes en un juicio; es necesario atender las exigencias impuestas por las normas reguladoras de proceso probatorio. TESIS: PRUEBA REGULAR / Significa que se ajuste al ordenamiento jurídico, tanto en sus aspectos de orden sustancial como formal; pues, la desobediencia de lo mandado en esas preceptivas no es apenas el desapego a los arquetipos alli establecidos en lo puramente formal. / PRUEBA SUPERFLUA / No cumple con la exigencia de prestar alguna utilidad para cumplir la función de llevar conocimiento al juez y generarle convencimiento de un hecho TESIS: CONTROL PREVIO EN EL PROCESO PROBATORIO / Sin perjuicio de otros criterios que han de ser atendidos por el juez director del proceso, el anunciado filtro se concentra en cuatro requisitos esenciales: licitud, conducencia, pertinencia y utilidad. TESIS: No es al cónyuge que ha incurrido en deudas familiares a quien le corresponde probar que las adquirio para el sostenimiento del hogar y la familia; es el que niega tal hecho quien asume la carga probatoria de lo contrario.
Número de registro81520851
Número de expediente760013110001201900067-01
EmisorSala de Familia (Tribunal Superior de Cali de Colombia)
Fecha03 Marzo 2021
Normativa aplicada1. Código General del Proceso Art. 44 # 4, 78 # 10, 164, 168, 173, 320, 321, 328, 501 / Código Civil Art. 1796 / Parra Quijano, Jairo. Manual de Derecho Probatorio, 13 edición, Ediciones Librería del Profesional, Bogotá D.C, 2002, pág. 141
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