Auto Nº No. 25000-23-41-000-2018-00683-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 30-05-2019 - Jurisprudencia - VLEX 812681001

Auto Nº No. 25000-23-41-000-2018-00683-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 30-05-2019

Sentido del falloDecrétase la medida cautelar
Número de registro81489952
Número de expedienteNo. 25000-23-41-000-2018-00683-00
Fecha30 Mayo 2019
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
REPÚBLICA DE COLOMBIA

REPÚBLICA DE COLOMBIA

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SECCIÓN PRIMERA

SUB SECCIÓN B

Bogotá D.C., treinta (30) de mayo de dos mil diecinueve (2019).

Magistrado Ponente: OSCAR ARMANDO DIMATÉ CÁRDENAS

Expediente: No. 25000-23-41-000-2018-00683-00

Demandante: KARIN IRINA KUHFELDT SALAZAR Y OTROS

Demandados: MINISTERIO DE CULTURA Y OTROS

Referencia: ACCIÓN POPULAR - MEDIDA CAUTELAR

Procede el Despacho a decidir sobre la medida cautelar solicitada por la parte demandante el 8 de abril de 2019 (fls. 321 a 340 cuaderno medida cautelar).

I. ANTECEDENTES.

1. La demanda.

Mediante escrito radicado el 5 de julio de 2018 ante la Secretaría de la Sección Primera de esta Corporación, los ciudadanos Karin Irina Kuhfeldt Salazar, Carlos Augusto Lozano Bedoya y Helena Weisner Tovar, actuando en nombre propio, interpusieron demanda en ejercicio del medio de control de protección de los derechos e intereses colectivos (acción popular) contra el Ministerio de Cultura, Alcaldía Mayor de Bogotá, Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, Departamento Administrativo de Espacio Público, Instituto de Desarrollo Urbano, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Instituto Distrital de Recreación y Deporte, e Ingenieros Consultores Civiles y Eléctricos S.A INGENTEC, a fin de evitar la vulneración de los derechos e intereses colectivos consagrados en los literales a), b), d), e), f) y m) del artículo 4º de la Ley 472 de 1998, relativos a la moralidad administrativa, la defensa del patrimonio público, la defensa del patrimonio cultural de la Nación, al goce del espacio público y la utilización y defensa de los bienes de uso público y al goce de un ambiente sano y la realización de construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos respetando las disposiciones jurídicas y dando prevalencia al beneficio de la calidad de vida de...

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