Auto Nº SRT-AE-010 de Tribunal para la Paz - Sección de Revisión de Sentencias, 31-01-2019 - Jurisprudencia - VLEX 796946965

Auto Nº SRT-AE-010 de Tribunal para la Paz - Sección de Revisión de Sentencias, 31-01-2019

Número de autoSRT-AE-010
Fecha31 Enero 2019
Página 1 de 19
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
TRIBUNAL PARA LA PAZ
SECCIÓN DE REVISIÓN
SRT-AE-010/2019
Aprobado en Acta No. 006 Sesión Extraordinaria
Bogotá, 31 de enero de 2019
Radicación:
2019340160500029E
Compareciente:
JOSÉ GEIDIN CASTRO CHILLAMBO
Asunto:
Garantía de no extradición
Fecha de reparto:
18 de enero de 2019
I. ASUNTO POR RESOLVER
Previo a resolver si procede avocar conocimiento en el trámite de
garantía de no extradición del señor JOSÉ GEIDIN CASTRO CHILLAMBO,
identificado con la cédula de ciudadanía 87.948.206, la Sección de Revisión
encuentra necesario verificar si se reúnen los presupuestos constitucionales y
legales, teniendo en cuenta lo siguiente.
II. HECHOS
La Directora de Asuntos Internacionales de la Fiscalía General de la
Nación, con oficio No. 20191700004841 del 16 de enero de 2019, informó a la
Sección de Revisión del Tribunal para la Paz que el Fiscal General de la
Nación, mediante resolución del 7 de diciembre de 2018, ordenó la captura
con fines de extradición del ciudadano José Geidin Castro Chillambo, la cual
fue efectuada por miembros de la Policía Nacional el día 11 de enero de 2019.
1
De igual manera, comunicó que el Fiscal General de la Nación, al librar
la orden de captura con fines de extradición en contra del ciudadano Castro
Chillambo, tuvo como fundamento la nota verbal No. 1689 del 26 de
1
C.O. 1, fl. 1.
Página 2 de 19
septiembre de 2018 enviada por el gobierno de los Estados Unidos, según la
cual: Jose Geidin Castro Chillambo es requerido para comparecer a juicio por un
delito de tráfico de narcóticos”, ya que “el 27 de abril de 2018, con base en el cargo
descrito en la acusación, la Corte Distrital de los estados Unidos para el Distrito Sur
de Florida emitió un auto de detención para la captura de Jose Geidin Castro
Chillambo”.
2
Así mismo, la Directora indicó que el Fiscal General de la Nación
analizó la solicitud de extradición a la luz de la garantía constitucional
establecida en el Artículo Transitorio 19 del Artículo 1 del Acto Legislativo de
2017 y precisó que: En el caso sub examine se da cuenta en la correspondiente nota
verbal -1689 del 26 de septiembre de 2018-, que los hechos habrían ocurrido entre los
meses de marzo y noviembre de 2017, es decir, con posterioridad a la suscripción del
Acuerdo de Paz”, circunstancia por la que dispuso la orden de captura, sin
perjuicio “de que la JEP conozca, posteriormente, de la actuación, una vez el estado
requirente formalice la solicitud, dentro del término de sesenta (60) días, previsto en
3
Mediante informe secretarial 00157 de 28 de enero de 2019 se remitió al
despacho sustanciador el oficio OFI18-00163340/IDM112000
4
, suscrito por el
Alto Comisionado para la Paz, en el cual se indica la revocatoria de la
acreditación como miembros de las FARC-EP de seis personas, por no haber
pertenecido al otrora grupo armado y ser reportados por la Embajada de los
Estados Unidos como presuntos colados, mientras que respecto de dos
personas, incluyendo al señor José Geidin Castro Chillambo, se confirmó su
pertenencia.
El señor Francisco Abel Zapata Holguín, actuando en calidad de
apoderado del ciudadano José Geidin Castro Chillambo, radicó memorial
ante la Jurisdicción Especial para la Paz el 29 de enero de 2019 en el cual
menciona que es “un miembro desmovilizado de las FARC-EP” y según solicitud
del Gobierno de los Estados Unidos, fue capturado el 11 de enero del presente
año por orden de la Fiscalía General de la Nación
5
.
2
C.O. 1, fls. 2 y 3.
3
C.O. 1, fl. 4.
4
C.R., fls 1-4.
5
C.O. 1, fls. 7-14

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR