Auto número 000086 de 2017, por el cual se inicia actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria 50N-505653. Exp. AA 335 de 2017 - 23 de Octubre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 743672873

Auto número 000086 de 2017, por el cual se inicia actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria 50N-505653. Exp. AA 335 de 2017

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín50755

La Registradora Principal de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Norte (e.), en uso de sus facultades legales y, en especial, de las conferidas por los artículos 59 de la Ley 1579 de 2012, 34 al 40 de la Ley 1437 de 2011, artículo 22 del Decreto número 2723 de 2014, la I.A. 11 de 2015 de la Superintendencia de Notariado y Registro, y

CONSIDERANDO:

Mediante escrito de radicado 50N2017ER17426 del 8 de agosto de 2017, la señora Martha Jeannette Valbuena Buitrago, actuando en calidad de "apoderada y/o agente oficiosa" de los señores Ana Refugio López Salamanca y Abdenago López Salamanca, quienes afirman ser propietarios del inmueble, identificado con folio de matrícula inmobiliaria 50N-505653, solicita a esta oficina "se deje sin valor ni efecto registral la anotación número 7 del folio de matrícula inmobiliaria 50N-505653, de conformidad con el inciso 1º del artículo 61 y s.s. de la Ley 1579 de 2012, y la instrucción administrativa número 11 del 30 de julio de 2015".

Sustenta su solicitud manifestando que la escritura 2531 otorgada el 24 de mayo de 2012 en la Notaría 3a del Círculo de Villavicencio, inscrita en el citado folio como anotación No. 7, contentiva de un acto de compraventa de los señores Ana Refugio López Salamanca y Abdenago López Salamanca, a favor de la señora Clara Inés López Suárez, no corresponde con la que reposa en esa Notaría, pues afirma que revisado el libro de protocolo de la Notaría 3a del Círculo de Villavicencio, la Escritura 2531 de 2012 corresponde a una cancelación de hipoteca entre personas diferentes a las mencionadas y sobre un inmueble que no pertenece a Bogotá, afirma la peticionaria:

"Dicha escritura que aparece en la anotación 7 delfolio de matrícula 50N-505653, no fue emitida por la Notaría 3a de Villavicencio, y en consecuencia, el aparente instrumento público, es inexistente, toda vez que no fue suscrito por la Notaría 3a de Villavicencio, ni por mis poderdantes".

Igualmente, a la solicitud se anexa copia simple de la Escritura 2531 de 2012 de la Notaría Tercera de Villavicencio, copia de una respuesta emitida por esa Notaría en la que se informa que la citada escritura corresponde a una cancelación de hipoteca y copia de la denuncia interpuesta ante la Fiscalía General de la Nación.

En consecuencia, una vez verificado el folio referido en el escrito mencionado, se observa que efectivamente en la anotación número 3 se encuentra registrada la escritura pública número 2531 de 2012, otorgada en la...

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