Auto número 068 de 2018, por la cual se da inicio a una actuación administrativa, tendiente a establecer la real situación jurídica de los Folios de Matrícula Inmobiliaria números 060-262430, 0602759920, 060-2759921, 060-2759922, 060-2759923, 060-2759924, 060-2759925, 0602759926, 060-2759927, 060-2759928 - 27 de Octubre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 744038577

Auto número 068 de 2018, por la cual se da inicio a una actuación administrativa, tendiente a establecer la real situación jurídica de los Folios de Matrícula Inmobiliaria números 060-262430, 0602759920, 060-2759921, 060-2759922, 060-2759923, 060-2759924, 060-2759925, 0602759926, 060-2759927, 060-2759928

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cartagena
Número de Boletín50759

El Registrador Principal de Instrumentos Públicos de Cartagena (Bolívar), en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Estatuto de Registro de Instrumentos Públicos (Ley 1579 de 2012), el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), procede a iniciar una actuación administrativa, previas las siguientes,

CONSIDERACIONES:

La Superintendencia de Notariado y Registro, el día 23 de enero de 2017, radicó ampliación de denuncia ante la Unidad de Delitos contra la Fe Pública de la Fiscalía General de la Nación con el número 130016001128201705625, donde manifestó que la "el jefe de la Oficina Asesora Jurídica encargado de la Superintendencia de Notariado y Registro, a través de la Delegada para la Protección, Restitución y Formalización de Tierras, en cumplimiento de sus deberes legales y constitucionales y, en especial las funciones atribuidas por la Ley 1796 de 2016, acudo ante su Despacho con el objeto de ampliar denuncia penal, radicada el día 25 de agosto de 2017, cuyo reparto correspondió a la Fiscalía 167 Delegada ante la/los Juzgados Penales del Circuito de Bogotá, donde fue remitida a la ciudad de Cartagena de Indias D.T en el mes de noviembre de 2017,...".

Hechos:

Primero. La Superintendencia de Notariado y Registro, a través de la Delegada para la Protección, Restitución y Formalización de Tierras, en cumplimiento de sus deberes

legales y constitucionales y en especial las funciones atribuidas por la Ley 1976 de 2016, con posterioridad al diagnóstico realizado a las curadurías 1 y 2 de Cartagena y de la cual se informó en la denuncia instaurada, practicó visita especial a la misma curadurías, por orden.

Segundo. Las visitas tenían por objeto principal, atender una queja presentada por la Veeduría Ciudadana Transparencia Caribe y verificar los aspectos administrativos de la función que prestan estos dos curadores.

En el transcurso de las visitas se consideró oportuno indagar sobre las denuncias interpuestas directamente por los curadores, antes casos de licencia presuntamente falsas, con el fin de hacer seguimiento a los hallazgos del diagnóstico.

Tercero. Con la información suministrada durante la visita, en relación con las licencias presuntamente falsa, se realizó depuración de la información, evidenciándose que alguna de las denuncias que se interpusieron.

Cuarto. A partir de los nombres relacionados en el hecho, se realizó una búsqueda a nivel nacional, a través de la función denominado "Consulta de Índice" del Sistema...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR