Auto número 292 de 2017, por el cual se da inicio a una Actuación Administrativa, tendiente a establecer la real situación jurídica de los folios de matrícula inmobiliaria números 060-6766, 060-290812, 060-290813, 060-290814, 060-290815, 060-290816, 060-290817, 060-290818, 060290819, 060-290820 y 060-290821. - 5 de Diciembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 748888541

Auto número 292 de 2017, por el cual se da inicio a una Actuación Administrativa, tendiente a establecer la real situación jurídica de los folios de matrícula inmobiliaria números 060-6766, 060-290812, 060-290813, 060-290814, 060-290815, 060-290816, 060-290817, 060-290818, 060290819, 060-290820 y 060-290821.

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cartagena
Número de Boletín50798

El Registrador Principal de Instrumentos Públicos de Cartagena (Bolívar), en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Estatuto de Registro de Instrumentos Públicos (Ley 1579/2012), el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437/2011), procede a iniciar una actuación administrativa, previas las siguientes,

CONSIDERACIONES: RESUELVE:

Primero. Iniciar la actuación administrativa tendiente a establecer la verdadera y real situación jurídica de los inmuebles identificados con los folios de matrícula inmobiliaria números 060-6766, 060-290812, 060-290813, 060-290814, 060- 290815, 060-290816, 060-290817, 060-290818, 060-290819, 060-290820 y 060-290821 de conformidad con la parte considerativa de esta providencia.

Segundo. Confórmese el Expediente, como lo dispone el artículo 36 de la Ley 1737 de 2011.

Tercero. Ordénase la práctica de pruebas, teniendo en cuenta que durante la actuación administrativa y hasta antes de proferir decisión de fondo se podrán allegar, aportar, pedir y practicar de oficio o a petición de parte, sin requisitos especiales, las pruebas que sean pertinentes y conducentes para el esclarecimiento de los hechos.

Cuarto. Ofíciese a la Curaduría Primera de Cartagena, a fin de que certifique la existencia y validez de la Licencia número 0408 del 23 de septiembre de 2014 mediante la cual, se otorgó Licencia de Construcción en la modalidad de Obra Nueva, a favor de la sociedad Inversiones Barú Paradise Condominio Ltda. (NIT 900.599.769-0), respecto del inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria número 060-276989, 060277007, 060-277008, 060-277009, 060-276999.

Quinto. Notifíquese personalmente a los señores Quiroz Ruiz Wilfran Enrique cédula de ciudadanía número 9302033, Adames Álvarez Cristo Elkin cédula de ciudadanía número 79134635, Castellano Romero Xiomara del Carmen cédula de ciudadanía número 45486378 De la Hoz Quiroz Yolanda Esther cédula de ciudadanía número 45457475, Rodríguez Bustillo Daniel Guillermo cédula de ciudadanía número 73228696), Barón León Ángela cédula de ciudadanía número 41614962, Puello Vergara Jorge cédula de ciudadanía número 9058142, Lázaro Naranjo Yuli Deisy cédula de ciudadanía número 1104411523, Macías López Edwin cédula de ciudadanía número 1052943515, Mora Méndez Joice Katerine cédula de ciudadanía número 1128047248), Leasing Bancolombia S. A. Compañía de Financiamiento (NIT 860.059.2943), Vanegas Navarro Óscar...

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