Aviso - 28 de Mayo de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43176304

Aviso

EmisorVarios
Número de Boletín44814

El suscrito Secretario del Juzgado Primero (1°) de Familia de Bogotá, D. C., Cundinamarca.

AVISA:

Que en este Despacho judicial se tramita el proceso de interdicción judicial promovido, mediante apoderado judicial, por Nelcy Fierro de Gafaro, Mar ía Ignacia Fierro Alvarez y Luis Alberto Fierro Alvarez, en favor de su progenitora Hortencia Alvarez de Fierro.

La demanda fue admitida con providencia de marzo treinta y uno (31) de dos mil (2000).

Dentro del término legal se evacuaron las pruebas solicitadas, con el lleno de las formalidades legales. Vencido el término probatorio y no observándose causal de nulidad que invalide lo actuado, se profirió sentencia que en su encabezamiento, fecha y parte resolutiva nos dice textualmente.

Juzgado Primero de Familia.

Bogotá, junio quince (15) de dos mil uno (2001)

Rituado el proceso, pasa al Juzgado a proferir sentencia.

Atecedentes... La causa pretendi... Trámite impartido... Validez del proceso... Presupuestos... procesales... Legitimización en causa. Consideraciones...

Por lo expuesto el Juzgado Primero de Familia de Bogotá, D. C., administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la ley,

RESUELVE:

Primero. Decretar la interdicción de la señora Hortensia Alvarez de Fierro, identificada con la cédula de ciudadanía número 26557226 de Bogotá...

Segundo. Designase como curador definitivo de la mencionada interdita al señor Luis Alberto Fierro Alvarez, identificado con la cédula de ciudadanía número 19357113 de Bogotá, con facultades para administrar sus bienes.

Posesiónesele y disciérnasele el cargo.

Tercero. Líbrese oficio a la Notaría correspondiente a fin de que se inscriba lo decidido en el registro civil de nacimiento.

Cuarto. Publíquese por una vez la presente sentencia en el Diario oficial y en los diarios La República, El Tiempo o El Espectador, a fin de dar cumplimiento al artículo 659‑7 del Código de Procedimiento Civil.

Quinto. Por secretaría...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR