Avisos Generales 20 - 11 de Febrero de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43132277

Avisos Generales 20

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Contaduría General de la Nación
Número de Boletín43889

DIARIO OFICIAL 43.889 AVISOS GENERALES 20 31/01/2000 Señores: Representantes legales, jefes de áreas financieras, jefes de contabilidad, contadores y revisores fiscales de los entes públicos de los niveles nacional y territorial en sus sectores central y descentralizado a que se refiere el numeral 4º del Plan General de Contabilidad Pública, PGCP. Referencia: Relación de bienes inmuebles. Apreciados señores: Este despacho, en cumplimiento de sus funciones legales y en particular las establecidas en el literal a) del artículo 3º de la Ley 298 del 23 de julio de 1996, el literal a) del artículo 2º del Decreto 1914 de 1996 y la Circular Externa 029 de 1999, expedida por Contaduría General de la Nación, se permite formular las siguientes aclaraciones correspondientes al Instructivo 009 de 1999, que deben tener en cuenta para la elaboración del informe sobre Bienes Inmuebles. 1. En consideración a inconvenientes técnicos que surgieron en la elaboración del archivo plano y la interpretación del instructivo, se comunica que se amplía por única vez la fecha límite para la entrega de la información hasta el 31 de marzo del 2000. Ello implica que el archivo ASCII definitivo debe contener la información registrada en el balance a 31 de diciembre de 1999. 2. No se deben enviar datos relacionados con valor cero (0). En ese sentido, recordamos que la Circular Externa 029 de 1999 señala que: "Todos los bienes inmuebles que posea la entidad, sobre los cuales se desconoce el costo histórico, o no están valorizados, o están contabilizados por un valor simbólico, (ej. $1, $1.000, etc.), deberán registrarse transitoriamente en la contabilidad, por un valor de un millón de pesos, cada uno, hasta tanto se hagan los trámites de valorización pertinentes. Igualmente, para los bienes inmuebles registrados en Cuentas de orden, se deberán adelantar los trámites pertinentes para legalizarlos y ubicarlos en el cuerpo del balance". 3. Para la expresión de las cifras en millones de pesos con un decimal, se debe tener en cuenta que el sistema de la CGN, separa ese decimal automáticamente. Ejemplos: Valor en contabilidad Valor expresado en millones Archivo ASCII (7 dígitos) $ 1.000.000.00 0000010 1.500.000.00 0000015 100.000.00 0000001 250.000.00 0000003 249.000.00 0000002 4. Igual ocurre con la expresión del área del inmueble. Allí, la cifra debe reportarse con un decimal teniendo en cuenta que el sistema realiza la separación en forma automática. Ejemplos: Area según...

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