Avisos Judiciales - 2 de Abril de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43191113

Avisos Judiciales

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Número de Boletín45146

Que dentro del proceso de Jurisdicción Voluntaria, sobre la Interdicción de la menor Diana Milena Cárdenas Obando, propuesta por la señora Blanca Cenobia Obando Ayala, por intermedio de apoderado, se ha dictado una sentencia que en fecha y parte pertinente dice:

¿Juzgado Primero de Familia

¿Neiva (Huila), agosto dieciséis (16) del año dos mil dos (2002).

¿...,

¿RESUELVE:

¿1. Decretar, la Interdicción Definitiva de Diana Milena Cárdenas Obando, por padecer de retardo mental moderado, quien nació en esta ciudad, el día 2 de septiembre de 1979, hija de Fabio Cárdenas Martínez (q.e.p.d.) y Blanca Cenobia Obando Ayala, mayor de edad y vecino de Neiva, Huila.

¿2. Como consecuencia de lo anterior, privarla del ejercicio de la administración de sus bienes.

¿3. Desígnese como curadora definitiva, a su progenitora Blanca Cenobia Obando Ayala, a quien se le comunicará su nombramiento conforme a la ley.

¿4. Inscríbase esta interdicción en el registro civil de nacimiento de la interdicta, y notifíquese al público por aviso que se insertará una vez por lo menos en el Diario Oficial, y en el periódico El Tiempo, edición nacional. Agréguense posteriormente al expediente.

¿5. Para la elaboración de los inventarios de la interdicta, se seguirá el procedimiento ordenado por la ley.

¿6. Consúltese esta sentencia con el Superior.

¿Notifíquese y cúmplase.

¿El Juez, (Fdo.) Hugo Perdomo Bahamón¿.

¿Distrito Judicial de Neiva Tribunal Superior

Sala Tercera...

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