Avisos Judiciales - 3 de Mayo de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43192121

Avisos Judiciales

EmisorVarios
Número de Boletín45176

El suscrito Secretario del Juzgado Dieciséis de Familia de Bogotá, D. C. (Calle 19 número 6-28 Piso 3º),

CITA Y EMPLAZA:

Al señor Josué Orjuela, para que dentro del término de fijación del presente edicto, se presente ante este Juzgado a efecto de notificarse del auto de fecha marzo (15) de 2000, por medio del cual se admitió la Demanda de Presunción de Muerte por Desaparecimiento incoada por María de Jesús Arias de Orjuela, María Elizabeth Orjuela Arias, Luz Esperanza Orjuela Arias, Sandra María Orjuela Arias mediante apoderada judicial; igualmente se cita a todas aquellas personas que sepan del paradero del antes citado a quien pueda suministrar información acerca de su localización.

A continuación se transcribe un aparte de la demanda que dio origen al proceso:

¿...Señor Juez de Familia (Reparto) ESD.

Ref. Proceso de Jurisdicción Voluntaria. Declaratoria de Ausencia y Muerte Presuntiva por Desaparecimiento del señor Josué Orjuela, Martha Amparo Fonseca Fierro, mayor de edad, vecina, domiciliada y residente en Santa Fe de Bogotá, D. C., identificada con la cédula de ciudadanía... y T. P. número..., actuando como apoderada especial de las señoras: María de Jesús Arias de Orjuela, María Elizabeth Orjuela Arias, Luz Esperanza Orjuela Arias, Sandra María Orjuela Arias, personas todas mayores de edad, y domiciliadas y esta ciudad, conforme obra en el poder a mí conferido, solicito a usted muy respetuosamente, declare la ausencia y la Muerte Presuntiva por Desaparecimiento del señor Josué Orjuela. Quien se identificara con la cédula de ciudadanía número 2210673 de Ibagué, Tolima, y cuyo último domicilio conocido lo fue la ciudad de Santa Fe de Bogotá, D. C., conforme a los siguientes hechos:

  1. El señor Josué Orjuela y la señora María de Jesús Arias de Orjuela, contrajeron matrimonio católico el día 21 de abril de 1968 en la parroquia del Perpetuo Socorro, habiendo registrado su matrimonio en la Notaría Sexta de Santa Fe de Bogotá, D. C., formalizando así la unión que entre ellos existía desde 1961.

  2. A partir del día de su matrimonio hasta mediados del año de mil novecientos setenta y ocho, los esposos Orjuela Arias convivieron en la ciudad de Bogotá, D. C., donde establecieron su domicilio.

  3. Lamentablemente en agosto de 1977, decidieron los esposos separarse y residir en diferentes lugares, debido a los maltratos físicos y verbales de que era objeto constantemente la señora María de Jesús Arias de Orjuela por parte de su esposo quien con...

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