Avisos Judiciales - 3 de Mayo de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43192123

Avisos Judiciales

EmisorVarios
Número de Boletín45176

La suscrita Secretaria del Juzgado Promiscuo de Familia de Melgar, Tolima,

AVISA:

Que mediante providencia calendada noviembre veintinueve de dos mil dos, se declaró en estado de Interdicción Provisoria al señor Israel Rey Seferino, mayor y vecino de Melgar, Tolima y le fue designada como Curadora Provisional a su cónyuge Wenceslada Rodríguez de Rey, identificada con la cédula de ciudadanía número 41726867 de Bogotá, mayor y vecina de este municipio; auto que en su encabezamiento y parte pertinente dice:

¿Juzgado Promiscuo de Familia. Melgar, noviembre veintinueve de dos mil dos, Rad. 0286/2002. Jurisdicción Voluntaria. Revisadas las diligencias y verificados los requisitos de ley, el Juzgado,

DISPONE:

Admítase la anterior demanda de Jurisdicción Voluntaria - Interdicción Judicial por Demencia, propuesto a través de apoderado judicial por la señora Wenceslada Rodríguez de Rey, respecto de su esposo Israel Rey Seferino.

De la demanda y anexos córrase traslado al señor Agente del Ministerio Público por el término de tres (3) días a fin que se pronuncie sobre el particular.

A la presente demanda imprímasele el trámite previsto en el artículo 659 del C. P. C., concordante con los artículos 535 del C. C. y demás normas pertinentes en la materia.

Decrétase dictamen médico-legal sobre el estado actual del señor Israel Rey Seferino en aras a determinar la etiología, el diagnóstico y pronóstico de la enfermedad, con indicación de sus consecuencias en la capacidad del paciente para administrar sus bienes y disponer de ellos y el tratamiento conveniente para procurar la mejoría del mismo. Teniendo en cuenta que en la lista de auxiliares de la justicia que se lleva en este Despacho, ni en la del Circuito Judicial de la localidad, figuran peritos médicos, solicítese al Director del Hospital Pasteur de esta ciudad a fin que se sirva remitir en el menor término el listado de médicos adscritos a esa institución.

Obtenido lo anterior, vuelva el proceso al Despacho para lo pertinente. De conformidad con lo previsto en el artículo 446 del C. P. Civil, en concordancia con el numeral 3 del artículo 659 ejusdem, se ordena la citación de los parientes cercanos del presunto interdicto Israel Rey Seferino, a fin que depongan sobre la situación de...

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