Avisos Judiciales - 15 de Julio de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43194740

Avisos Judiciales

EmisorVarios
Número de Boletín45249

El encabezamiento y la parte resolutiva de la sentencia proferida en el proceso de interdicción judicial Rad. 02-0741 de Germán Orlando León León.

En Bogotá, D. C., a los cuatro (4) días del mes de marzo del años dos mil tres (2003), el Juzgado Quince de Familia,

RESUELVE:

Primero. Decretar en interdicción judicial definitiva de Germán Orlando León León, identificado con la tarjeta de identidad 85068-56120 de Bogotá,.

Segundo. designar y reconocer a los ciudadanos Misaelina León Torres y Jorge Enrique León Lancheros, identificados con las cédula de ciudadanía números 41495412 de Bogotá y 2874853 de Bogotá respectivamente, como curadores definitivos del interdicto Germán Orlando León León. Posesióneseles el cargo conforme al ordenamiento legal previamente al discernimiento se dará cumplimiento a lo ordenado en el artículo 465 ibidem.

Tercero. Inscribir la presente sentencia en el competente registro civil de nacimiento del interdicto para los efectos del Decreto 1260 de 1970.

Notifíquese al público por aviso que se insertará por una sola vez en cualquiera de los siguientes diarios: La República o El Tiempo y en el Diario Oficial.

Cuarto. Consultar la presente sentencia con el superior inmediato, un caso de no ser apelada.

Cópiese, notifíquese y cúmplase.

Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, D. C. Sala de Familia

Bogotá, D. C., treinta (30) de mayo del año dos mil tres (2003), referencia interdicción de Germán Orlando León León (consulta) Magistrada ponente Martha Lucía Núñez de Salamanca. Aprobado en la Sala de Decisión de que da cuenta en el Acta número 016 del año dos mil tres (2003) procede la Sala a decidir la consulta ordenada por el Juzgado Quince de Familia de Bogotá, D. C., para su sentencia de fecha cuatro (4) de marzo del año dos mil tres (2003), proferida en el proceso de la referencia,

RESUELVE:

  1. Revocar el numeral segundo (2) del fallo...

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