Avisos Judiciales - 17 de Julio de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43194816

Avisos Judiciales

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Número de Boletín45251

A, Rodrigo Navarro Pinto, identificado con la cédula de ciudadanía 14247506 de Melgar, para que se presente a este Juzgado ubicado en el Palacio de Justicia Oficina 102 a ponerse a derecho dentro del proceso de Jurisdicción Voluntaria de Muerte Presunta po r Desaparecimiento, el que fuera instaurado por la señora Leonor Sánchez Vergel, quien a su vez representa a la menor, Isaura Navarro Sánchez. También se previene a todas las personas que tengan noticias sobre el paradero de Rodrigo Navarro Pinto, para que las comuniquen al juzgado a la mayor brevedad posible.

SE HACE SABER QUE:

  1. Los señores Jorge Navarro y María Elena Pinto, fueron cónyuges. De dicha unión se procrearon los siguientes hijos, todos hermanos legítimos entre sí: Rodrigo Navarro Pinto, Alvaro Navarro Pinto, Jaime Navarro Pinto, Gustavo Navarro Pinto. En una unión anterior de María Elena Pinto, se habían procreado otros hijos: Doralydes Ardila, Yancy Ardila, Ever Ardila.

  2. El señor Rodrigo Navarro Pinto, tuvo su domicilio permanente y asiento principal de sus negocios en la ciudad de Barrancabermeja, Santander, hasta el día 23 de mayo de 1991. Desde tal fecha, hasta la de... (sic).

  3. Desde la fecha en que se inició su ausencia hasta hoy han transcurrido más de dos años y a pesar de las constantes diligencias investigativas tanto oficiales como particulares, no se ha podido obtener información sobre el paradero del mencionado señor.

  4. Al momento de su desaparición el señor Rodrigo Navarro Pinto, no poseía bienes muebles o inmuebles.

  5. Actualmente se encuentran cumplidos los plazos y circunstancias exigidos por la ley para la declaración de muerte presunta por desaparecimiento del señor Rodrigo Navarro Pinto.

  6. Al momento de su desaparición el señor Rodrigo Navarro Pinto, convivía en forma permanente con la demandante señora Leonor Sánchez Vergel y tenía dos hijos: Isaura Navarro Sánchez y Rodrigo Navarro García, este último hijo de una relación paralela.

DECLARACIONES

Primera. Que se declare la muerte presunta por desaparecimiento, del señor Rodrigo Navarro Pinto, persona mayor y vecina de esta ciudad que fue su último domicilio.

Segunda. Que se señale como fecha presunta del acontecimiento de dicha muerte el día jueves 23 de mayo de 1991.

Tercera. Que se transcriba la parte respectiva de la sentencia y se le comunique al funcionario encargado el registro civil, a efecto de que extienda el registro de defunción, haciéndosele saber los...

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