Avisos Judiciales - 9 de Octubre de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43198840

Avisos Judiciales

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Número de Boletín45335

Al señor Gabriel Antonio Barrios Ramírez, mayor de edad, de quien se dice tuvo su último domicilio en esta ciudad, para que se presente al proceso de muerte presunta por desaparecimiento, que le instauró la señora Omaira Peñaranda Peñaranda, en calidad de esposa, por medio de apoderado debidamente constituida, en demanda que por reparto correspondió a este Despacho Judicial y a su vez se previene a quienes tengan noticias del emplazado para que las comunique a este Juzgado.

La demanda fue admitida mediante proveido calendado el veintidós (22) de abril de dos mil tres (2003) y se fundamenta en los siguientes hechos:

  1. El señor Gabriel Antonio Barrios Ramírez, nació el once (11) de junio de 1961, en la Fracción de Caraba, municipio de Silos, Norte de Santander, según acta que obra en el folio 402 del Libro 13, de la Oficina del Registrador del Estado Civil de esa localidad.

  2. Gabriel Antonio Barrios Ramírez, identificado con cédula de ciudadanía 5504374 de Silos, contrajo matrimonio con Omaira Peñaranda Peñaranda, el 3 de marzo de 1989, celebrado en la Notaría Primera de Pamplona y registrado al serial 119636.

  3. Los cónyuges Barrios-Peñaranda, establecieron su domicilio permanente y asiento principal de sus negocios en esta ciudad, residenciándose en la calle 10AN Nº 3A-16 Urbanización Paraíso, El Bosque.

  4. Gabriel Antonio Barrios Ramírez, era docente y laboraba en el Colegio Salesiano, ubicado en el Barrio Antonia Santos de esta ciudad.

  5. Desde el día dieciséis (16) de noviembre del año 2000, en horas de la tarde, cuando Gabriel Antonio Barrios Ramírez, se trasladaba hacia el lugar de trabajo y siendo aproximadamente a las 6 de la tarde, hasta la formulación de esta demanda, no se volvió a tener ninguna clase de noticia sobre su paradero.

  6. Desde la fecha de su desaparecimiento hasta hoy, han transcurrido más de dos (2) años, durante los cuales se han efectuado constantes investigaciones sobre su paradero, así como la formulación de la respectiva denuncia ante el grupo de desaparecidos y NN, de la Sección de la Policía Nacional, sin que se haya obtenido ningún resultado positivo.

  7. Mediante sentencia del treinta de julio de 2002, el Juzgado Segundo de...

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