Avisos Judiciales
Emisor | Varios |
Número de Boletín | 45509 |
A Luis Alonso López Rodríguez, persona mayor de edad y vecino de esta ciudad, y que su paradero o actual se desconoce, para que se presente a este Juzgado a estar a derecho dentro del proceso que por Presunción de Muerte por Desaparecimiento ha promovido por medio de apoderado judicial la señora María Aurora Rodríguez Sabogal y Lilia Esperanza López Rodríguez, y se previene a todas aquellas personas que tengan noticias de la ausente, lo informen al Juzgado a la mayor brevedad posible.
El demandante solicita que de conformidad con lo ordenado en los artículos 656 del C. P. Civil y artículo 657 numeral 2 ibídem, numeral 2 del artículo 97 del C. Civil y en concordancia se declare Muerte Presunta por Desaparec imiento de: Luis Alonso López Rodríguez, quien fuera mayor de edad y vecino de esta ciudad de Santa Fe de Bogotá, D. C. y fija la fecha en que ocurrió la Muerte Presunta del Desaparecido y ordenar la inscripción en la Notaría respectiva.
Como hechos que sustentan la presunción de muerte se transcriben los siguientes:
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Luis Alonso López Rodríguez convivió en unión libre con la señora María Aurora Rodríguez Sabogal por más de veintinueve (29) años.
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En el hogar formado por López Rodríguez con la señora María Aurora Rodríguez Sabogal se procrearon Lilia Esperanza, Luis Alonso y Luz Stella López Rodríguez.
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El día 30 de agosto de 1994, el señor Luis Alonso López Rodríguez viajó a la ciudad de Villavicencio (Meta) a la casa del señor Guillermo Rodríguez Sabogal, lugar al que nunca llegó y desde entonces no se volvió a tener noticias de él.
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Luis Alonso López Rodríguez tuvo su domicilio permanente, el asiento principal de sus negocios en esta ciudad de Bogotá, D. C.; en le Carrera 5G número 48L-12 Sur, Lote 3, Manzana 11 y laboraba en la Empresa Distrital de Servicios Públicos, EDIS, como conductor.
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A partir del mismo día de su desaparición sus familiares y allegados adelantaron ingentes gestiones para establecer su paradero, acudiendo a las autoridades, sin obtener resultado alguno.
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Así las cosas, desde el 30 de agosto de 1994, no se tiene noticia alguna, por parte de la compañera permanente y su hija, del señor Luis Alonso López Rodríguez, mis representadas, sobre su paradero, habiendo transcurrido más de nueve (9) años.
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Mis mandantes tienen interés en la Declaración de Muerte Presunta del señor Luis Alonso López Rodríguez, por cuanto son la compañera permanente e hija del desaparecido.
La demandante sustenta como prueba las...
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