Avisos Judiciales - 7 de Abril de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43206031

Avisos Judiciales

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Número de Boletín45514

Que dentro del proceso de interdicción de Romero Romero Pedro Nel, se dictó sentencia de fecha septiembre trece (13) de dos mil dos (2002), la cual en su parte pertinente dice...

"Por lo expuesto el Juzgado Cuarto de Familia de Bogotá, D. C., administrando justicia en nombre de la república y por autoridad de la ley,

RESUELVE:

  1. Decretar la interdicción judicial definitiva de Romero Romero Pedro Nel, por haberse demostrado que no presenta capacidad para manejar sus bienes.

  2. Nombrar como guardador legítimo de Pedro Nel Romero Romero a su hermano Ricardo Ovidio Romero Romero, identificado con la cédula de ciudadanía número 19350364 de Bogotá, quien deberá tomar posesión del cargo, efectuado lo anterior se le discernirá el nombramiento.

  3. El Guardador Ricardo Ovidio Romero Romero, tendrá el cuidado personal y velará por el bienestar y la recuperación del interdicto y administrará sus bienes.

  4. Se ordena a Ricardo Ovidio Romero Romero prestar caución por $1.000.000 como requisito previo al discernimiento del cargo.

  5. Inscríbase esta sentencia en el registro civil del interdicto Pedro Nel Romero Romero, para el efecto expídanse las copias necesarias de esta providencia, del auto de discernimiento del cargo con constancia de ejecutoria, así como del acta de posesión de los guardadores.

  6. Notifíquese al público por aviso que se insertará una vez en el Diario Oficial y uno de amplia circulación que podrá ser El Tiempo, El Espectador, El Siglo o La República, a elección del interesado y previamente al discernimiento del cargo.

  7. Notifíquese el presente fallo a la señora Agente del Ministerio Público.

  8. A costa de los interesados expídanse copias pertinentes por Secretaría.

  9. Consúltese la presente sentencia con el honorable Tribunal de Bogotá, Sala de Familia, conforme lo establece el artículo 386 del C. de P. Civil.

Oficiar.

Notifíquese.

(Fdo.)

María Enith Méndez Pimentel.

Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, D. C.

Sala de Familia

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