Avisos Judiciales - 25 de Octubre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43215284

Avisos Judiciales

EmisorVarios
Número de Boletín45712

Que dentro del proceso de Interdicción Judicial número 2003-1002 instaurada por Eduardo Deantonio Medina, en calidad de hermano de Francisco Deantonio Medina, se profirió sentencia el quince (15) de abril de dos mil cuatro (2004), la que en su parte pertinente dice:

"Juzgado Diecinueve de Familia-Bogotá, D. C., el quince (15) de abril de dos mil cuatro (2004),...

RESUELVE:

Primero. Declarar en Interdicción Judicial por Retardo Mental, a Francisco Deantonio Medina y, como consecuencia en incapacidad para administrar y disponer de sus bienes.

Segundo. Designar a Eduardo Deantonio Medina, como curador del interdicto, a fin de que lo represente, administre sus bienes y ejerza su cuidado inmediato del mismo, quedando con las facultades y excepciones previstas por la ley para el ejercicio del cargo.

Tercero. Disciérnasele el cargo. Una vez posesionado.

Cuarto. Incríbase en el registro civil de nacimiento del interdicto esta sentencia y el discernimiento de la guarda.

Ofíciese, adjuntando, a costa del interesado, copia auténtica de esta providencia y del auto de discernimiento con la constancia de notificación y ejecutoria.

Quinto. Preséntese por el guardador, una vez discernido el cargo, el inventario solemne de los bienes, en término establecido en el artículo 468 del C. C.

Sexto. Notifíquese esta sentencia al público por aviso que se insertará por una vez por lo menos en el Diario Oficial y en un periódico como El Tiempo, El Espectador o La República.

Séptimo. Notifíquese al Ministerio Público.

Octavo. Consúltese con el Superior.

Notifíquese.

El Juez,

(Fdo.) José David Corredor Espitia.

Providencia está confirmada por el honorable Tribunal Superior del Distrito Judicial, Sala de Familia de esta ciudad, la que en su parte pertinente dice:

Tribunal Superior del Distrito...

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