Avisos Judiciales - 3 de Junio de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43222543

Avisos Judiciales

EmisorVarios
Número de Boletín45928

Que mediante sentencia de fecha, diciembre tres (3) de dos mil cuatro (2004), emanada de este Despacho, confirmada posteriormente por el honorable Tribunal Superior de Medellín, en sentencia de fecha, abril veintiuno (21) del presente año, en el proceso de P resunción de Muerte por Desaparecimiento, promovido por la señora María Pubenza Posada de Lema, en relación con el señor Jaime Tadeo Lema Sierra, se dispuso que:

"Juzgado Primero de Familia.

Medellín, diciembre tres (3) del año dos mil cuatro (2004),...

FALLA:

  1. Declarar la muerte presunta del desaparecido Jaime Tadeo Lema Sierra, mayor de edad, teniendo en cuenta como domicilios la ciudad de Medellín y el municipio de Andes, hijo de Julio Martín y Marrta, oriundo de Ciudad Bolívar, Antioquia, nacido el día 13 de diciembre de 1935, contaba con 65añosde edad.

  2. Fíjase como fecha presuntiva de su muerte el día seis (6) de agosto de 2003.

  3. Ordénase la transcripción de lo resuelto al funcionario del Estado Civil de la ciudad de Medellín, para que extienda el folio del registro de defunción del señor Jaime Tadeo Lema Sierra, determinándose para ello al señor Notario Catorce de la ciudad, quien además efectuará la inscripción de este fallo en el Libro de Varios que se lleva en dicha oficina, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 1°, Decreto 2158 de 1970.

  4. Publíquese el encabezamiento y la parte resolutiva de esta providencia una vez ejecutoriada, en el Diario Oficial, en el periódico "El Tiempo" de Bogotá, D. C. con amplia circulación nacional, en el periódico "El Mundo" de esta ciudad y en la Emisora Radio Metropolitana, en la forma prevista en el artículo 657 del Código de Procedimiento Civil, concordante con el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR