Avisos Judiciales - 23 de Abril de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43235698

Avisos Judiciales

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Número de Boletín46248

Que dentro del proceso de Interdicción Judicial por causa de Retardo Mental, promovido por la señora Liven Isabel Rojas Gutiérrez, se ha dado por terminado por sentencia cuyo encabezamiento y parte resolutiva es el siguiente tenor:

Juzgado Noveno de Familia de Barranquilla

Mayo treinta y uno (31) de dos mil cinco (2005),

RESUELVE:

Primero. Declarar la Interdicción Judicial por causa de Retardo Mental del señor Elvis Rafael Rojas Gutiérrez.

Segundo. Declárese que el señor Elvis Rafael Rojas Gutiérrez no tiene la libre administración de sus bienes.

Tercero. Desígnese a la hermana, señora Liven Isabel Rojas Gutiérrez como Curadora Definitiva, quien lo representará en sus actos judiciales y extrajudiciales. Désele la debida posesión y discernimiento del cargo.

Cuarto. Inscríbase esta providencia en el Registro Civil de Nacimiento del interdicto conforme con lo señalado en el numeral 7 del artículo 659 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese al público por edicto que se insertará por una vez en el Diario Oficial y en un diario de amplia circulación.

Quinto. Consúltese esta sentencia con el Superior conforme con lo establecido en el artículo 386 del Código de Procedimiento Civil.

Cópiese, notifíquese y cúmplase.

(Fdo.) Lourdes Diago Martínez.

Para dar cumplimiento con lo establecido en el artículo 323 del Código de Procedimiento Civil, se fija el...

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