Avisos Judiciales - 6 de Julio de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43238426

Avisos Judiciales

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Número de Boletín46321

Que dentro del proceso de interdicción judicial número 2005/0139 de Jorge Adrián Celis Caviedes, instaurada por María Inés Caviedes Roldán, se profirió sentencia el seis (6) de julio de dos mil cinco (2005), la que en su parte pertinente dice:

¿Juzgado Diecinueve de Familia. Bogotá, D. C.,

RESUELVE:

Primero. Declarar en interdicción Judicial, por retraso mental moderado, a Jorge Adrián Celis Caviedes y, como consecuencia, en incapacidad para administrar y disponer de sus bienes.

Segundo. Designar a María Inés Caviedes Roldán, como curadora del interdicto, a fin de que lo represente, administre sus bienes y ejerza el cuidado inmediato del mismo, quedando con las facultades y excepciones previstas por la ley para el ejercicio del cargo.

Tercero. Preséntese por la curadora el correspondiente inventario solemne o apunte privado de los bienes del interdicto, una vez posesionada.

Cuarto. Inscríbase esta sentencia y el discernimiento de la guarda en el registro civil de nacimiento del interdicto, una vez se haya discernido el cargo a la curadora y esta haya presentado el inventario de los bienes del declarado incapaz. Ofíciese al funcionario competente insertando copia auténtica del presente fallo, a costa de la parte interesada.

Quinto. Notifíquese esta sentencia al público por aviso que se insertará por una vez por lo menos en el Diario Oficial y en un periódico como El Tiempo o La República.

Sexto. Notifíquese al Ministerio Público.

Consúltese esta sentencia con el Superior.

Notifíquese.

(Fdo.) José David Corredor Espitia,

Juez.-

Decisión confirmada por el honorable Tribunal Superior del Distrito Judicial, Sala de Familia de esta ciudad, en providencia cuya parte pertinente dice:

¿TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTA, D. C., SALA DE FAMILIA.

Bogotá, D. C...

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