El Juzgado 8° de Barranquilla, cita y emplaza a Miguel Bernardo de Vega Quintana - 12 de Octubre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43924859

El Juzgado 8° de Barranquilla, cita y emplaza a Miguel Bernardo de Vega Quintana

EmisorVarios
Número de Boletín47140

El suscrito Secretario del Juzgado Octavo de Familia, por medio del presente, CITA Y EMPLAZA: Al señor Miguel Bernardo de Vega Quintana, de quien se desconoce su paradero desde el día 14 de noviembre de 2002 y quien tuvo su último domicilio en esta ciudad, para que comparezca a este Despacho por sí o por medio de apoderado judicial a recibir notificación personal del auto admisorio de la demanda de Jurisdicción Voluntaria de Muerte Presunta por Desaparecimiento de fecha 14 de febrero de 2008 impetrada por la señora Diana Margarita Gamarra Suárez.

Igualmente a todas las personas que tengan noticias del ausente Miguel Bernardo de Vega Quintana para que lo informen al Juzgado.

Para efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el inciso 2° del numeral 2 del artículo 657 del Código de Procedimiento, se inserta un extracto de la demanda, el cual se determina así: "1.

El señor Miguel Bernardo de Vega Quintana, nació en Barranquilla, el día cinco (5) de abril de 1964, donde tenía su domicilio. 2.

Contrajo matrimonio civil con la señora Diana Margarita Gamarra Suárez, el día 15 de mayo de 1992, en la Notaría Tercera de Barranquilla. 3.

De dicha unión nació el menor Miguel Humberto el día 17 de junio de 1994 en la ciudad de Barranquilla. 4.

Desde el día 14 de noviembre de 2002, no se tienen noticias del paradero del señor Miguel Bernardo de Vega Quintana, quien salió de Barranquilla, para una reunión al municipio de Sitio Nuevo (Magdalena), sin que desde entonces se tengan noticias de su paradero. 5.

Desde la desaparición del señor Miguel Bernardo de Vega Quintana hasta la fecha, han trascurrido cinco años, y a pesar de las diligencias investigativas, tanto oficiales, como particulares, no se ha podido obtener información sobre el paradero del señor Miguel Bernardo de Vega Quintana. 6.

Se encuentran cumplidos los plazos y circunstancias exigidos por la ley para la declaración de muerte presunta por causa de desaparecimiento del señor Miguel Bernardo de Vega Quintana. 7.

La demandante en su calidad de cónyuge y de representante legal del menor Miguel Humberto de Vega Gamarra, hijo de la unión marital con el desaparecido, tiene derecho a solicitar la declaración judicial de muerte por desaparecimiento de su cónyuge, para lo cual me ha otorgado poder especial.

Pretensiones. "Que se declare la muerte presunta por desaparecimiento del señor Miguel Bernardo de Vega Quintana.

Que se señale como fecha de la muerte presunta el día 14 de noviembre de 2002.

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