Resolución número 1759 de 2012, por la cual se aprueba el área correspondiente al centro poblado denominado cabecera corregimental Estados Unidos, del municipio de Becerril en el departamento del Cesar, sustraído de la Reserva Forestal de la Serranía de Los Motilones establecida mediante la Ley 2ª de 1959 y se ordena su registro - 10 de Octubre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 401828558

Resolución número 1759 de 2012, por la cual se aprueba el área correspondiente al centro poblado denominado cabecera corregimental Estados Unidos, del municipio de Becerril en el departamento del Cesar, sustraído de la Reserva Forestal de la Serranía de Los Motilones establecida mediante la Ley 2ª de 1959 y se ordena su registro

EmisorMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Número de Boletín48579

El Director de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos (E), en ejercicio de la función delegada por el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible mediante Resolución número 0053 del 24 de enero de 2012, y

CONSIDERANDO: ANTECEDENTES

Que a través del oficio del día 23 de agosto de 2012, con Radicado número 4120-E1-45877, el señor alcalde municipal de Becerril (Cesar), solicita la aprobación y el registro del área correspondiente al centro poblado denominado cabecera corregimental Estados Unidos, ubicado en la Reserva Forestal de la Serranía de Los Motilones, establecida por la Ley 2ª de 1959. Lo anterior con el fin de continuar con los trámites relacionados con la gestión de financiamiento para el desarrollo de un proyecto de vivienda de interés social.

Que con la citada comunicación, el señor alcalde municipal de Becerril (Cesar), presentó la siguiente documentación:

  1. Coordenadas del polígono que delimita el área del centro poblado denominado cabecera corregimental Estados Unidos.

  2. Plano de delimitación del área sustraída a escala 1:2.000 la cual corresponde al perímetro del suelo urbano de la cabecera corregimental definido en el Esquema de Ordenamiento Territorial municipal adoptado mediante Acuerdo número 026 de 15 de octubre de 2001.

  3. Copia del Acuerdo número 026 de 15 de octubre de 2001, por medio del cual se adoptó el esquema de ordenamiento territorial.

  4. Plano de clasificación general de uso del suelo municipal de Becerril (Cesar).

  5. Copia del documento técnico de soporte del Esquema de Ordenamiento Territorial de Becerril (Cesar).

  6. Copia de los documentos que acreditan el ejercicio del cargo del alcalde municipal de Becerril (Cesar) (certificación de elección y acta de posesión).

  7. Copia del documento de identidad del alcalde municipal de Becerril (Cesar).

Que una vez verificada la información antes citada y la cual hace parte integral del presente acto administrativo, se estableció que se ha dado cumplimiento a los requisitos señalados en la Resolución número 1917 de 2011, por la cual se modificaron los artículos 1º y 2º de la Resolución número 0871 de 2006.

Que para efectos del correspondiente registro al presente trámite correspondió el Expediente número SRF0152.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º de la citada Resolución número 1917 de 2011, se emitió Concepto Técnico conjunto por la Dirección de Bosques, Bio-diversidad y Servicios Ecositémicos y la Dirección General de Ordenamiento Ambiental Territorial y Coordinación del SINA, a través del cual se aprobó el registro de 17,18 hectáreas correspondientes al suelo urbano de la cabecera corregimental Estados Unidos en el municipio de Becerril en el departamento del Cesar, sustraídas por la Resolución número 0763 de 2004 de la Zona de Reserva Forestal de la Serranía de los Motilones, establecida mediante Ley 2ª de 1959.

FUNDAMENTOS TÉCNICOS

Que a través del citado Concepto Técnico se señaló que: "(...)

2. DESCRIPCIÓN DE LA SOLICITUD

El señor alcalde de Becerril, presenta solicitud para el trámite de registro de la sustracción del perímetro del suelo urbano de la cabecera corregimental de Estados Unidos, definido en el esquema de ordenamiento territorial municipal, adoptado mediante Acuerdo número 026 de 15 de octubre de 2001.

3. EVALUACIÓN DE LA INFORMACIÓN Y CONSIDERACIONES

Se adelantó la revisión de la información aportada por el municipio, se verificó la correspondencia con los contenidos establecidos en el EOT, así como el cumplimiento de los requisitos establecidos en las Resoluciones 763 de 2004, 871 de 2006y 1917 de 2011, encontrándose lo siguiente:

a) Delimitación del área a sustraer

Dentro de la información presentada para el registro de la sustracción del perímetro del suelo urbano, se determina lo siguiente:

Dentro del Esquema de Ordenamiento Territorial en el aparte "Componente General", se establece que el suelo urbano municipal se encuentra constituido por dos corregimientos, Estados Unidos y La Guajirita y por el centro primario de la cabecera municipal.

Adicional a lo anterior, en el aparte "Componente Urbano" se define el área urbana y perímetro urbano como: "el territorio inscrito dentro del perímetro urbano, previamente aprobado mediante acuerdo del honorable concejo municipal, entendiéndose por perímetro urbano la línea imaginaria técnicamente definida, que limite el área desarrollable de la ciudad con posibilidad de servicios públicos" y "(.) este procedimiento se aplicará a los perímetros urbanos en los corregimientos de la...

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