Boletín N° 009, Abril, 2009 - Normativa - VLEX 877051220

Boletín N° 009, Abril, 2009

Año2009
AÑO 2009 Nº 009 MANIZALES, ABRIL DE 2009
GACETA OFICIAL No 009
Abril 15 de 2009
JUAN DAVID ARANGO GARTNER
Director General
CORPOCALDAS
LUZ EDELMIRA GUTIERREZ CEBALLOS
Secretaria General
WILFORD RINCON ARANGO
Subdirector Planeacion y Sistemas
MARIELA LONDOÑO SILVA
Subdirectora Recursos Naturales
RAUL JIMÉNEZ GARCIA
Subdirector Administrativo y Financiero
JHON JAIRO CHISCO LEGUIZAMON
Subdirector Infraestructura Ambiental
HÉCTOR ALBERTO SERNA LÓPEZ
Jefe Control Interno
Secretaría General
Diseño, diagramación y formateo:
Luis Norberto Ramírez Marín
Técnico Subdirección Administrativa y
Financiera
ISSN:
Manizales, abril de 2009
CONTENIDO
NOTA EDITORIAL 1
TRÁMITES INFRACCIONES 2
AUTOS DE INICIO 2
RESOLUCIONES 5
TRÁMITES DE PERMISOS 30
AUTOS DE INICIO 30
RESOLUCIONES 65
PUBLICACIÓN CONTRATOS 148
AUDITORIAS VISIBLES
“Porque los bienes públicos son de todos”
¿QUE SON AUDITORIAS VISIBLES?
Son una herramienta diseñada por el Programa Presidencial de
Lucha contra la Corrupción, que busca efectuar un seguimiento visible
y efectivo a la inversión pública (Sistema General de Participaciones y
Rregalías) mediante el control social a obras o servicios en las áreas
de salud, educación, medio ambiente, agua potable y saneamiento
básico, vivienda de interés social y alimentación escolar, involucrando
directamente a los beneficiarios.
¿CUALES SON SUS OBJETIVOS?
. Informar a los beneficiarios sobre la naturaleza de la obra, los
plazos, el presupuesto y el origen de los recursos.
. Generar el espacio para el seguimiento de los beneficiarios a
la ejecución de contratos de obra o servicios seleccionados.
. Procurar la prevención de hechos de corrupción, de ineficiencia
y de ineficacia al manejo de los recursos públicos.
. Ver que las obras se terminen de acuerdo a los requisitos
planteados en el contrato y en el tiempo estipulado.
. Informar a las autoridades locales sobre eventuales
irregularidades en la ejecución de proyectos.
. Recoger información sobre eventuales delitos contra la
Administración Pública en la ejecución y contratación
. En caso de ser necesario, antes de la entrega del proyecto,
judicializar ante los organismos de policía judicial adscritos al
Programa Presidencial.
¿EN QUE DOCUMENTOS QUEDA CONSTANCIA DEL PROCESO Y
RESULTADOS DEL EJERCICIO DE AUDITORIAS VISIBLES?
. Como principales productos del ejercicio, se producirán los
siguientes documentos:
. Formatos con información general de la obra y los documentos
soporte que se recopilen en el proceso.
. Acta de cada uno de los foros donde se plantean las conclusiones,
compromisos y recomendaciones.
. Registro fotográfico tanto de los foros como del avance en la
ejecución del contrato.
. Acta de conformación del grupo de beneficiarios.
. Fichas con seguimiento periódico a las observaciones planteadas
por las personas y entidades vinculadas al proyecto.
. Informe final del ejercicio de auditorias visibles.
. Sondeo de opinión, resultados y análisis sobre la percepción de
los asistentes a los foros de seguimiento visible al proyecto.
OFICINA DE CONTROL INTERNO
2
GACETA OFICIAL - Nº 9 ABRIL DE 2009
TRÁMITES DE INFRACCIONES
TRÁMITES DE INFRACCIONES
TRÁMITES DE INFRACCIONES
AUTOS DE INICIO
AUTO NO. 097
(MARZO 09 DE 2009)
POR EL CUAL SE REVOCA EL AUTO NO. 528 DEL 14 DE NOVIEMBRE DE 2008
R E S U E L V E
PRIMERO: Revocar en su integridad el Auto No.528 del 14 de noviembre de 2008 por medio de la cual se
inicio un proceso sancionatorio y se formularon unos cargos en contra del COSO MUNICIPAL, de conformidad
con lo expuesto en la parte motiva de este acto.
SEGUNDO: Publicar el presente Auto en el Boletín de la Entidad. Lo anterior en cumplimiento del artículo
TERCERO: Contra el presente acto no proceden recursos.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
ANDRÉS FELIPE HENAO HERRERA
Profesional Universitario - Secretaría General
AUTO NO. 098
(MARZO 09 DE 2009)
POR MEDIO DEL CUAL SE INICIA UN PROCESO SANCIONATORIO Y SE FORMULAN
UNOS CARGOS
DISPONE
PRIMERO: Iniciar proceso sancionatorio en contra del señor HERNÁN MONTAÑO MORA, identificado
con la cédula de ciudadanía No.19.397.651, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente
acto.
SEGUNDO: Formular cargos al señor HERNÁN MONTAÑO MORA, por la presunta violación del artículo
223 del Decreto 2811 de 1974 en concordancia con el artículo 74 del Decreto 1791 de 1996.
TERCERO: Notificar la presente providencia al señor HERNÁN MONTAÑO MORA, en los términos del
CUARTO: De conformidad con el Artículo 207 del Decreto Reglamentario 1594 de 1984, el presunto
contraventor cuenta con diez (10) días hábiles, a partir de la notificación de la presente providencia, para
presentar los descargos por escrito, personalmente o por medio de apoderado, y aportar o solicitar la práctica
de pruebas que considere pertinentes y que sean conducentes.
QUINTO: Contra la presente providencia, por ser de trámite, no procede recurso alguno de conformidad
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
ANDRÉS FELIPE HENAO HERRERA
Profesional Universitario - Secretaría General
3
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CALDAS - Secretaría General
AUTO No. 099
(MARZO 09 DE 2009)
POR MEDIO DEL CUAL SE INICIA UN PROCESO SANCIONATORIO Y SE FORMULAN UNOS CARGOS
RESUELVE
PRIMERO: Iniciar proceso sancionatorio en contra del señor ANTONIO JOSÉ ROMERO RIVERA,
identificado con la cédula de ciudadanía no. 1.229.891 de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del
presente acto.
SEGUNDO: Formular cargos al señor ANTONIO JOSÉ ROMERO RIVERA, identificado con la cédula
de ciudadanía no. 1.229.891, por la presunta infracción de los artículos 4 y 12 de la Resolución no. 185 de
2008.
TERCERO: Notificar la presente providencia al señor ANTONIO JOSÉ ROMERO RIVERA, en los términos
CUARTO: De conformidad con el Artículo 207 del Decreto Reglamentario 1594 de 1984, el presunto
contraventor cuenta con diez (10) días hábiles, a partir de la notificación de la presente providencia, para
presentar los descargos por escrito, personalmente o por medio de apoderado, y aportar o solicitar la práctica
de pruebas que consideren pertinentes y que sean conducentes.
QUINTO: Contra la presente providencia, por ser de trámite, no procede recurso alguno de conformidad
con lo dispuesto en el Artículo 49 del C.C.A.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
ANDRÉS FELIPE HENAO HERRERA
Profesional Universitario - Secretaría General
AUTO No. 111
(MARZO 16 DE 2009)
POR MEDIO DE LA CUAL SE INICIA UN PROCESO SANCIONATORIO Y SE FORMULAN
UNOS CARGOS
RESUELVE
PRIMERO: Iniciar proceso sancionatorio en contra del señor DANILO BUITRAGO, de conformidad con lo
expuesto en la parte motiva del presente acto.
SEGUNDO: Formular cargos al señor DANILO BUITRAGO, por la presunta infracción de los artículos 4 y
12 de la Resolución no. 185 de 2008.
TERCERO: Notificar la presente providencia al señor DANILO BUITRAGO, en los términos del Artículo
CUARTO: De conformidad con el Artículo 207 del Decreto Reglamentario 1594 de 1984, el presunto
contraventor cuenta con diez (10) días hábiles, a partir de la notificación de la presente providencia, para
presentar los descargos por escrito, personalmente o por medio de apoderado, y aportar o solicitar la práctica
de pruebas que consideren pertinentes y que sean conducentes.
QUINTO: Contra la presente providencia, por ser de trámite, no procede recurso alguno de conformidad
con lo dispuesto en el Artículo 49 del C.C.A.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
ANDRÉS FELIPE HENAO HERRERA
Profesional Universitario - Secretaría General

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