Boletín N° 068, Febrero, 2014 - Normativa - VLEX 877051348

Boletín N° 068, Febrero, 2014

Año2014
AÑO 2013 Nº 068 MANIZALES, FEBRERO DE 2014
GACETA OFICIAL No 068
Febrero de 2014
RAUL JIMÉNEZ GARCÍA
Director General
CORPOCALDAS
BERTHA CRUZ FORERO
Secretaria General
WILFORD RINCON ARANGO
Subdirector Planeacion y Sistemas
JORGE ENRIQUE VELASQUEZ YEPES
Subdirector Recursos Naturales
JAIME RAMÍREZ HENCKER
Subdirector Administrativo y Financiero
JHON JAIRO CHISCO LEGUIZAMON
Subdirector Infraestructura Ambiental
Secretaría General
Diseño, diagramación y formateo:
Luis Norberto Ramírez Marín
Técnico Subdirección Administrativa y
Financiera
Manizales, Febrero de 2014
CONTENIDO
Nota editorial 1
Trámites infracciones 2
Autos de inicio 2
Resoluciones 94
Trámites de permisos 110
Autos de inicio 110
Resoluciones 130
Trámites bosques 216
Autos de inicio 216
Resoluciones 217
Gestión humana 233
Comunicación y notificación
devuelta por correo 235
Presidente Santos resalta la calidad de las obras construidas por
Corpocaldas
El martes 23 de abril, el presidente de la República, Juan Manuel
Santos, realizó una visita de seguimiento a la obra de control torrencial
construida sobre la quebrada Manizales, en el sector de Colombit.
El Primer Mandatario recordó los eventos ocurridos en el año 2011,
por efecto del fenómeno de La Niña, que afectaron la zona industrial y la
prestación del servicio de agua en la Capital Caldense.
Frente a la infraestructura, el Presidente puntualizó que la
construcción ya fue probada con los flujos torrenciales ocurridos en el
sector durante el último año. “El año pasado hubo una avalancha que
venía con más fuerza que la de 2011, estas obras donde estamos nosotros
hoy, fueron las responsables de que la avalancha no tuviera los efectos
negativos que tuvimos anteriormente”, puntualizó.
Por otra parte, Santos valoró la infraestructura con que cuenta
actualmente Manizales para suministrar el servicio de agua a toda la
población.
“Manizales puede decir que tiene dos acueductos, si uno falla el
otro entra a operar y eso garantiza que los Manizalitas no van a tener
problemas de agua hacia el futuro como lo tuvieron en el pasado
reciente”, concluyó el Presidente al recordar el desabastecimiento del
líquido durante el 2011.
Sobre la obra de control torrencial
Los diseños constan de tres diques de retención de empalizadas a
construir aguas arriba del sector de Colombit. Las estructuras, construidas
con material del sitio, cuentan con un núcleo central de material
compactado mecánicamente, recubierto con gaviones escalonados
revestidos en concreto. En la base de la estructura un box para manejo
de crecientes, con un periodo de retorno menor a 50 años.
El periodo de retorno de la construcción de control torrencial es de
200 años.
A la fecha, se encuentra terminado el segundo dique y el tercero
se construyó en un 50%, aproximadamente.
Para terminar el tercer dique y construir el primero y demás obras
a lo largo de la quebrada Manizales y la parte superior de la Cuenca,
Corpocaldas, la Alcaldía de Manizales, la Gobernación de Caldas,
gremios y clase dirigente están gestionando recursos ante el Gobierno
Nacional.
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GACETA OFICIAL - Nº 68 FEBRERO DE 2014
TRÁMITES DE INFRACCIONES
TRÁMITES DE INFRACCIONES
AUTOS DE INICIO
AUTO 001 07 DE ENERO DE 2014
POR EL CUAL SE IMPONE UNA MEDIDA PREVENTIVA, SE INICIA UN PROCESO SANCIONATORIO
Y SE FORMULAN UNOS CARGOS
La Suscrita Profesional de la Corporación Autónoma Regional de Caldas, en ejercicio de sus funciones.
RESUELVE
PRIMERO: Imponer a la señora BEATRIZ GIRALDO GIRALDO, identificada con la cédula de ciudadanía
No.24.319.981, el decomiso preventivo de 140 basas de 2 metros de largo, equivalente a 1.41 metros3 y 180
puntales de 3 metros de largo equivalente a 1.13 m3 para un total de 2.54 metros3. Y de Cepas de 2.10 metros
de largo, equivalente a 11,46 metros3
SEGUNDO: Iniciar proceso sancionatorio en contra de la señora BEATRIZ GIRALDO GIRALDO, identificada
con la cédula de ciudadanía No.24.319.981, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto.
TERCERO: Formular cargos a la señora BEATRIZ GIRALDO GIRALDO, por la presunta infracción de los
artículos 23 del Decreto 1791 de 1996, 4 y 12 de la Resolución 185 del 26 de agosto de 2008 expedida por
Corpocaldas
CUARTO: Notificar la presente providencia a la señora BEATRIZ GIRALDO GIRALDO, en los términos del
QUINTO: De conformidad con el artículo 25 de la Ley 1333 de 2009, la presunta infractora cuenta con diez
(10) días hábiles, a partir de la notificación de la presente providencia, para presentar los descargos por escrito,
personalmente o mediante apoderado debidamente constituido, y aportar o solicitar la práctica de pruebas
que considere pertinentes y que sean conducentes.
SEXTO: Contra la presente providencia, por ser de trámite, no procede recurso alguno de conformidad
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
TATIANA ATEHORTÚA OSPINA
Profesional Universitario- Secretaria General
AUTO 002 07 DE ENERO DE 2014
POR EL CUAL SE IMPONE UNA MEDIDA PREVENTIVA, SE INICIA UN PROCESO SANCIONATORIO
Y SE FORMULAN UNOS CARGOS
La Suscrita Profesional de la Corporación Autónoma Regional de Caldas, en ejercicio de sus funciones y,
RESUELVE
PRIMERO: Imponer al señor ONEL ANTONIO ORTÍZ VALLEJO, identificado con la cédula de ciudadanía
No.10.175.938, el decomiso preventivo de madera, así: 7 bloques equivalentes a 460 pulgadas de la especie
de Chingale (Jacaranda Copa/a), 6 bloques equivalentes a 340 pulgadas de Sangre Toro (Virola se bífera) y 4
bloques equivalentes a 160 pulgadas de madera ordinaria.
SEGUNDO: Iniciar proceso sancionatorio en contra del señor ONEL ANTONIO ORTÍZ VALLEJO, de
conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto.
TERCERO: Formular cargos al señor ONEL ANTONIO ORTÍZ VALLEJO, por la presunta infracción del artículo
CUARTO: Notificar la presente providencia al señor ONEL ANTONIO ORTÍZ VALLEJO, en los términos del
QUINTO: De conformidad con el artículo 25 de la Ley 1333 de 2009, el presunto infractor cuenta con diez
(10) días hábiles, a partir de la notificación de la presente providencia, para presentar los descargos por escrito,
personalmente o mediante apoderado debidamente constituido, y aportar o solicitar la práctica de pruebas
que considere pertinentes y que sean conducentes.
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CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CALDAS - Secretaría General
SEXTO: Contra la presente providencia, por ser de trámite, no procede recurso alguno de conformidad
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
TATIANA ATEHORTÚA OSPINA
Profesional Universitario- Secretaria General
AUTO 003 07 DE ENERO DE 2014
POR EL CUAL SE IMPONE UNA MEDIDA PREVENTIVA, SE INICIA UN PROCESO SANCIONATORIO
Y SE FORMULAN UNOS CARGOS
La Suscrita Profesional de la Corporación Autónoma Regional de Caldas, en ejercicio de sus funciones.
RESUELVE
PRIMERO: Imponer a la señora MARÍA AMPARO MARQUEZ DE CARMONA, identificada con la cédula de
ciudadanía No.24.822.577, el decomiso preventivo de 18 metros cúbicos de Guadua.
SEGUNDO: Iniciar proceso sancionatorio en contra la señora MARÍA AMPARO MARQUEZ DE CARMONA,
identificada con la cédula de ciudadanía No.24.822.577, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva
del presente acto.
TERCERO: Formular cargos a la señora MARÍA AMPARO MARQUEZ DE CARMONA, identificada con la
cédula de ciudadanía No.24.822.577, por la presunta infracción de los artículos 23 del Decreto 1791 de 1996 y
artículos 4 y 12 de la Resolución No. 185 del 26 de agosto de 2008 expedida por Corpocaldas
CUARTO: Notificar el presente acto a la señora MARÍA AMPARO MARQUEZ DE CARMONA, en los términos
QUINTO: De conformidad con el artículo 25 de la Ley 1333 de 2009, lapresunta infractora cuenta con diez
(10) días hábiles, a partir de la notificación de la presente providencia, para presentar los descargos por escrito,
personalmente o mediante apoderado debidamente constituido, y aportar o solicitar la práctica de pruebas
que considere pertinentes y que sean conducentes.
SEXTO: Contra la presente providencia, por ser de trámite, no procede recurso alguno de conformidad
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
TATIANA ATEHORTÚA OSPINA
Profesional Universitario- Secretaria General
AUTO No.004 7 DE ENERO DE 2014
POR MEDIO DEL CUAL SE INICIA UN PROCESO SANCIONATORIO
La suscrita profesional de la Corporación Autónoma Regional de Caldas, en ejercicio de sus funciones, con
fundamento en la ley 99 de 1993 y la ley 1333 de 2009 y,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Iniciar proceso sancionatorio en contra de CARMEN TERESA ZAPATA DE SÁNCHEZ,
identificada con cédula de ciudadanía número 25.088.433, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva
del presente acto.
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar la presente providencia a CARMEN TERESA ZAPATA DE SÁNCHEZ,
identificada con cédula de ciudadanía número 25.088.433, en los términos del artículo 67 de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO TERCERO:Contra la presente providencia, por ser de trámite, no procede recurso alguno de
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
TATIANA ATEHORTÚA OSPINA
Profesional Universitario- Secretaria General

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