Boletín N° 086, Agosto, 2015 - Normativa - VLEX 877051245

Boletín N° 086, Agosto, 2015

Año2015
AÑO 2015 Nº 086 MANIZALES, AGOSTO DE 2015
GACETA OFICIAL No 086
Agosto de 2015
RAUL JIMÉNEZ GARCÍA
Director General
CORPOCALDAS
CONSUELO MEJÍA GALLO
Secretaria GeZneral
WILFORD RINCON ARANGO
Subdirector Planeacion y Sistemas
JORGE ENRIQUE VELASQUEZ YEPES
Subdirector Recursos Naturales
JAIME RAMÍREZ HENCKER
Subdirector Administrativo y Financiero
JHON JAIRO CHISCO LEGUIZAMON
Subdirector Infraestructura Ambiental
Secretaría General
Diseño, diagramación y formateo:
Luis Norberto Ramírez Marín
Técnico Subdirección Administrativa y
Financiera
Manizales, Agosto de 2015
CONTENIDO
Nota editorial 1
Trámites infracciones 2
Autos de inicio 2
Resoluciones 61
Trámites de permisos 70
Autos de inicio 70
Resoluciones 110
Trámites bosques 228
Resoluciones 228
Comunicación y Notificación
Facturación devuelta por correo 235
Acuerdos - Resoluciones 248
Presidente Santos resalta la calidad de las obras construidas por
Corpocaldas
El martes 23 de abril, el presidente de la República, Juan Manuel
Santos, realizó una visita de seguimiento a la obra de control torrencial
construida sobre la quebrada Manizales, en el sector de Colombit.
El Primer Mandatario recordó los eventos ocurridos en el año 2011,
por efecto del fenómeno de La Niña, que afectaron la zona industrial y la
prestación del servicio de agua en la Capital Caldense.
Frente a la infraestructura, el Presidente puntualizó que la
construcción ya fue probada con los flujos torrenciales ocurridos en el
sector durante el último año. “El año pasado hubo una avalancha que
venía con más fuerza que la de 2011, estas obras donde estamos nosotros
hoy, fueron las responsables de que la avalancha no tuviera los efectos
negativos que tuvimos anteriormente”, puntualizó.
Por otra parte, Santos valoró la infraestructura con que cuenta
actualmente Manizales para suministrar el servicio de agua a toda la
población.
“Manizales puede decir que tiene dos acueductos, si uno falla el
otro entra a operar y eso garantiza que los Manizalitas no van a tener
problemas de agua hacia el futuro como lo tuvieron en el pasado
reciente”, concluyó el Presidente al recordar el desabastecimiento del
líquido durante el 2011.
Sobre la obra de control torrencial
Los diseños constan de tres diques de retención de empalizadas a
construir aguas arriba del sector de Colombit. Las estructuras, construidas
con material del sitio, cuentan con un núcleo central de material
compactado mecánicamente, recubierto con gaviones escalonados
revestidos en concreto. En la base de la estructura un box para manejo
de crecientes, con un periodo de retorno menor a 50 años.
El periodo de retorno de la construcción de control torrencial es de
200 años.
A la fecha, se encuentra terminado el segundo dique y el tercero
se construyó en un 50%, aproximadamente.
Para terminar el tercer dique y construir el primero y demás obras
a lo largo de la quebrada Manizales y la parte superior de la Cuenca,
Corpocaldas, la Alcaldía de Manizales, la Gobernación de Caldas,
gremios y clase dirigente están gestionando recursos ante el Gobierno
Nacional.
GACETA OFICIAL
GACETA OFICIAL
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GACETA OFICIAL - Nº 86 AGOSTO DE 2015
TRÁMITES DE INFRACCIONES
TRÁMITES DE INFRACCIONES
AUTOS DE INICIO
AUTO No.306 02 DE JULIO DE 2015
POR MEDIO DEL CUAL SE REVOCA EL AUTO 069 DEL 17DE MARZO DE 2015
La suscrita profesional Especializada de la Corporación Autónoma Regional de Caldas, en ejercicio de sus
funciones, establecidas en el Acuerdo 23 del 29 de noviembre de 2014 y conforme a la Ley 99 de 1993, la
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Revocar el Auto No. 069 del 17 de marzo de 2015, por medio del cual se impuso una
medida preventiva y se ordenó la apertura de una investigación ambiental al señor RUBÉN DARÍO VELÁSQUEZ
LONDOÑO,identificado con la cedula de ciudadanía No. 4.579.236, al igual que los actos administrativos que
se hallan expedido con posterioridad.
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar el presente acto administrativo alseñor RUBÉN DARÍO VELÁSQUEZ
LONDOÑO,identificado con la cedula de ciudadanía No. 4.579.236, en los términos del artículo 67 de la Ley
ARTICULO TERCERO:Remítase a laSubdirección de Evaluación y Seguimiento Ambiental para que se
realice una visita técnica al proyecto de explotación de materiales de construcción ubicado en la plancha
IGAC 205-II-C a escala 1:25000 específicamente en el área rural del municipio de Neira, vereda Palermo,
departamento de Caldas, área del Título Minero JJH-11261, con el fin de que verificar si se cumplen con todas y
cada una de las obligaciones establecidas en la licencia Ambiental y la demás normas de carácter ambiental.
ARTICULO CUARTO:Contra la presente providencia, por ser de trámite, no procede recurso alguno de
ARTÍCULO QUINTO: Una vez ejecutoriado el presente acto administrativo archívese el proceso sancionatorio
ambiental radicado bajo el número6473.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
MARÍA FERNANDA GUTIÉRREZ PINZÓN
Profesional Especializado- Secretaria General
AUTO No.307 06 DE JULIO DE 2015
“POR MEDIO DEL CUAL SE REVOCA EL AUTO No. 169 DEL 10 DE ABRIL DE 2013
POR MEDIO DEL CUAL SE INICIA UN PROCESO SANCIONATORIO”
La suscrita profesional Especializada de la Corporación Autónoma Regional de Caldas, en ejercicio de sus
funciones establecidas en el Acuerdo 23 del 29 de noviembre de 2014 y conforme a la Ley 99 de 1993, la
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Revocar el Auto No. 169 del 10 de abril de 2013 por medio del cual se inicia un proceso
sancionatorio en contra de la Asociación de usuarios del distrito de adecuación de tierras de pequeña irrigación
de las lomas OSPIRMA y OSPIRMA BAJO por las razones expuestas en la parte motiva de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: En consecuencia, dejar sin efecto todo lo actuado desde la notificación del Auto
No.169 del 10 de abril de 2013 contra la Asociación de usuarios del distrito de adecuación de tierras de pequeña
irrigación de las lomas OSPIRMA y OSPIRMA BAJO.
ARTÍCULO TERCERO: De conformidad con el artículo 95 de la Ley 1437 de 2011, contra la presente decisión,
no procede ningún recurso.
ARTÍCULO CUARTO: Publicar el presente Acto Administrativo de conformidad con lo dispuesto en el
ARTÍCULO QUINTO: Ordenar a la Subdirección de Evaluación y Seguimiento ambiental, la realización
de una visita técnica a la quebrada denominada Río Frío, ubicada en la vereda Méjico del municipio de
Riosucio, Caldas, con el fin de hacer control y seguimiento al cumplimiento de las obligaciones contenidas en
la Resolución 106 del 9 de marzo de 2006, expedida por esta Corporación y a la normativa ambiental aplicable
según sea el caso.
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CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CALDAS - Secretaría General
ARTÍCULO SEXTO: Notificar a la Asociación de usuarios del distrito de adecuación de tierras de pequeña
irrigación de las lomas OSPIRMA y OSPIRMA BAJO, a su representante legal o a quien haga sus veces, en los
términos del artículo 75 de la ley 1437 de 2011.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
MARÍA FERNANDA GUTIÉRREZ PINZÓN
Profesional Especializado – Secretaría General
AUTO No.308 06 DE JULIO DE 2015
“POR MEDIO DEL CUAL SE REVOCA EL AUTO 445 DE DICIEMBRE 11 DE 2012”
La suscrita profesional Especializada de la Corporación Autónoma Regional de Caldas, en ejercicio de sus
funciones establecidas en el Acuerdo 23 del 29 de noviembre de 2014 y conforme a la Ley 99 de 1993, la
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Revocar el auto número 445 del 12 de diciembre de 2012, por medio del cual se
inició un proceso sancionatorio y se formularon unos cargos contra la señoraAMPARO GÓMEZ VALENCIA, al
igual que los actos administrativos que se hallan expedido con posterioridad
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar el presente acto administrativo a la señora AMPARO GÓMEZ VALENCIA,
identificada con la cédula de ciudadanía número 31.247.187, en los términos del artículo 67 de la Ley 1437 de
ARTICULO TERCERO: Remítase a laSubdirección de Evaluación y Seguimiento Ambiental para que se
realice una visita técnica al predio denominado el Descanso ubicado en la vereda la Esperanza del municipio
de Riosucio, Caldas, con el fin de que verificar si se cumplen con todas y cada una de las obligaciones
establecidas en la licencia Ambiental y la demás normas de carácter ambiental.
ARTICULO CUARTO: Contra la presente providencia, por ser de trámite, no procede recurso alguno de
ARTÍCULO QUINTO: Una vez ejecutoriado el presente acto administrativo archívese el proceso
sancionatorio ambiental radicado bajo el número 4852.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
MARÍA FERNANDA GUTIÉRREZ PINZÓN
Profesional Especializado- Secretaria General
AUTO No.309 06 DE JULIO DE 2015
POR MEDIO DEL CUAL SE IMPONE UNA MEDIDA PREVENTIVA
La suscrita profesional Especializada de la Corporación Autónoma Regional de Caldas,
en ejercicio de sus funciones establecidas en el Acuerdo 23 del 29 de noviembre de 2014 y conforme
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Imponer a el señor LUIS GONZALO RÍOS YEPES, identificado con la cedula de
ciudadanía No.4.560.417, la medida preventiva consistente en amonestación escritapara que proceda a instalar
el aparato para la medición del caudal, a presentar semestralmente los registros de los aforos mensuales del
caudal derivado y a presentar los planos y diseños del sistema de tratamiento de aguas residuales provenientes
del beneficio del café y las domesticas provenientes de la vivienda, ante esta Corporación, además solicitar
permiso de vertimientos.
ARTÍCULO SEGUNDO: El señor LUIS GONZALO RÍOS YEPES, identificado con la cedula de ciudadanía
No.4.560.417, tendrá un plazo de tres meses contados a partir de la notificación del presente acto administrativo
para que dé cumplimiento a lo previsto en el artículo primero de este Auto.
Parágrafo: En caso de incumplir lo aquí dispuesto, se podrá dar inicio a proceso sancionatorio ambiental
en su contra.

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