Boletín N° 090-P1, Diciembre, 2015, Parte 1 - Normativa - VLEX 877051346

Boletín N° 090-P1, Diciembre, 2015, Parte 1

Año2015
AÑO 2015 Nº 090 MANIZALES, DICIEMBRE DE 2015
GACETA OFICIAL No 090
Diciembre de 2015
RAUL JIMÉNEZ GARCÍA
Director General
CORPOCALDAS
CONSUELO MEJÍA GALLO
Secretaria GeZneral
WILFORD RINCON ARANGO
Subdirector Planeacion y Sistemas
JORGE ENRIQUE VELASQUEZ YEPES
Subdirector Recursos Naturales
JAIME RAMÍREZ HENCKER
Subdirector Administrativo y Financiero
JHON JAIRO CHISCO LEGUIZAMON
Subdirector Infraestructura Ambiental
Secretaría General
Diseño, diagramación y formateo:
Luis Norberto Ramírez Marín
Técnico Subdirección Administrativa y
Financiera
Manizales, diciembre de 2015
CONTENIDO
Nota editorial 1
Trámites infracciones 2
Autos de inicio 2
Resoluciones 70
Trámites de permisos 98
Autos de inicio 98
Resoluciones 182
Trámites bosques 255
Acuerdos - Resoluciones Dirección 273
Facturación 382
Presidente Santos resalta la calidad de las obras construidas por
Corpocaldas
El martes 23 de abril, el presidente de la República, Juan Manuel
Santos, realizó una visita de seguimiento a la obra de control torrencial
construida sobre la quebrada Manizales, en el sector de Colombit.
El Primer Mandatario recordó los eventos ocurridos en el año 2011,
por efecto del fenómeno de La Niña, que afectaron la zona industrial y la
prestación del servicio de agua en la Capital Caldense.
Frente a la infraestructura, el Presidente puntualizó que la
construcción ya fue probada con los flujos torrenciales ocurridos en el
sector durante el último año. “El año pasado hubo una avalancha que
venía con más fuerza que la de 2011, estas obras donde estamos nosotros
hoy, fueron las responsables de que la avalancha no tuviera los efectos
negativos que tuvimos anteriormente”, puntualizó.
Por otra parte, Santos valoró la infraestructura con que cuenta
actualmente Manizales para suministrar el servicio de agua a toda la
población.
“Manizales puede decir que tiene dos acueductos, si uno falla el
otro entra a operar y eso garantiza que los Manizalitas no van a tener
problemas de agua hacia el futuro como lo tuvieron en el pasado
reciente”, concluyó el Presidente al recordar el desabastecimiento del
líquido durante el 2011.
Sobre la obra de control torrencial
Los diseños constan de tres diques de retención de empalizadas a
construir aguas arriba del sector de Colombit. Las estructuras, construidas
con material del sitio, cuentan con un núcleo central de material
compactado mecánicamente, recubierto con gaviones escalonados
revestidos en concreto. En la base de la estructura un box para manejo
de crecientes, con un periodo de retorno menor a 50 años.
El periodo de retorno de la construcción de control torrencial es de
200 años.
A la fecha, se encuentra terminado el segundo dique y el tercero
se construyó en un 50%, aproximadamente.
Para terminar el tercer dique y construir el primero y demás obras
a lo largo de la quebrada Manizales y la parte superior de la Cuenca,
Corpocaldas, la Alcaldía de Manizales, la Gobernación de Caldas,
gremios y clase dirigente están gestionando recursos ante el Gobierno
Nacional.
GACETA OFICIAL
GACETA OFICIAL
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GACETA OFICIAL - Nº 90 DICIEMBRE DE 2015
TRÁMITES DE INFRACCIONES
TRÁMITES DE INFRACCIONES
AUTOS DE INICIO
Auto No.709 04 de noviembre de 2015
“POR MEDIO DEL CUAL SE LEVANTA UNA MEDIDA PREVENTIVA
La suscrita profesional Especializada de la Corporación Autónoma Regional de Caldas, en ejercicio de sus
funciones establecidas en el Acuerdo 23 del 29 de Diciembre de 2014 y conforme a la Ley 99 de 1993, la
RESUELVE
PRIMERO:LEVANTAR la medida preventiva impuesta al señor CARLOS ALBEIRO RAMÍREZ HENAO,
identificado con cedula de ciudadanía No. 10.251.960 decretada en el artículo primero del Auto 586 del 1 de
octubre de 2015, conforme lo con lo expuesto en la parte motiva del presente acto.
PARÁGRAFO PRIMERO: En virtud a la expedición del 28 de mayo de 2015 de la autorización al señor
CARLOS ALBEIRO RAMÍREZ HENAO para la realización de un lleno para la adecuación del terreno, por parte de
la Alcaldía de Villamaría en el predio sector el ferrocarril vía al barrio Santana ficha catastral 01-01-001-0128-
002, dicha entidad debe realizar el seguimiento respectivo.
SEGUNDO: NOTIFICAR el presente acto administrativo al señor CARLOS ALBEIRO RAMÍREZ HENAO,
identificado con cedula de ciudadanía No. 10.251.960, en los términos del artículo 67 de la Ley 1437 de 2011
TERCERO: Comunicar el presente acto administrativo a la Alcaldía de Villamaría, para su conocimiento.
CUARTO: PUBLICAR el contenido del presente acto administrativo en la Gaceta Oficial de Corpocaldas,
de conformidad con lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 71 de la ley 99 de 1993.
QUINTO: Contra el presente Auto por ser de trámite no procede recurso de reposición.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
MARÍA FERNANDA GUTIÉRREZ PINZÓN
Profesional Especializado- Secretaria General
Auto No.710 04 de noviembre de 2015
POR MEDIO DEL CUAL SE SOLICITA UN CONCEPTO TÉCNICO
La suscrita profesional Especializada de la Corporación Autónoma Regional de Caldas, en ejercicio de sus
funciones establecidas en el Acuerdo 23 del 29 de noviembre de 2014 y conforme a la Ley 99 de 1993, la
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Fijar un término para llevar a cabo la visita técnica de treinta (30) días hábiles que
vencerá el día 18 de diciembre de 2015.
ARTÍCULO SEGUNDO: Ordenar a la Subdirección de Evaluación y Seguimiento Ambiental emitir un
concepto técnico acerca del informe técnico 500-877 del 6 de agosto de 2015, que dio inició al presente
proceso sancionatorio y a los salvoconductos únicos nacionales para la movilización de especímenes de la
diversidad biológica Números: 1367783- 1367807, con el fin de:
• Precisar si el señor LUIS IVÁN MARÍN RENDÓN contaba con permiso para transportar la madera que le
fue decomisada preventivamente.
• Determinar si los mencionados salvoconductos hacen referencia expresa a la madera que fue
decomisada.
• Aclarar cuál era el salvoconducto correspondiente al decomiso efectuado el 9 de julio de 2015 al
señor LUIS IVÁN MARÍN RENDÓN, de acuerdo al mismo, cuál era la cantidad de material que podía
movilizar y cual corresponde específicamente al sobrecupo. Puntualizar la ruta autorizada y si esta
fue incumplida.
• Constatar si existe permiso de aprovechamiento forestal expedido por la CAR de Pereira ® No.
0015600 de fecha 9-7-2015 a nombre del señor FABIO ESCUDERO RODRÍGUEZ, identificado con cedula
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CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CALDAS - Secretaría General
de ciudadanía No. 10.088.951 y si este correspondía al salvoconducto No. 3595; y hasta donde sea
posible si la madera decomisada se relaciona con este salvoconducto y aprovechamiento forestal.
• Determinar los incumplimientos en que se incurrió y si con los mismos se afectaron los recursos naturales.
ARTÍCULO TERCERO: La Subdirección de Recursos Naturales, deberá presentar un informe técnico de la
visita realizada, antes del vencimiento del término enunciado en el artículo primero.
ARTICULO CUARTO: Contra el presente acto administrativo no procede recurso alguno, de conformidad
COMUNÍQUESEPUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
MARÍA FERNANDA GUTIÉRREZPINZÓN
Profesional Especializada - Secretaría General
Auto No.711 04 de noviembre de 2015
POR MEDIO DEL CUAL SE DA CUMPLIMIENTO A UNA ORDEN DE ARCHIVO DE UN EXPEDIENTE
La suscrita profesional Especializada de la Corporación Autónoma Regional de Caldas, en ejercicio de sus
funciones establecidas en el Acuerdo 23 del 29 de diciembre de 2014 y conforme a la Ley 99 de 1993, la
DISPONE
ARTÍCULO PRIMERO: Disponer el ARCHIVO DEFINITIVO del expediente sancionatorio ambiental Nro. 4893,
de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva del presente proceso sancionatorio.
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar el presente acto administrativo al señor JOSÉ RODRIGO OSORIO
TANGARIFE, identificado con la cédula de ciudadanía número 15.986.650
ARTÍCULO TERCERO: Contra el presente acto administrativo, por ser de trámite, no procede recurso
alguno de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento
ARTÍCULO CUARTO: Publicar la presente actuación en el Boletín de la Entidad, lo anterior en cumplimiento
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
MARÍA FERNANDA GUTIÉRREZ PINZÓN
Profesional Especializada Secretaría General
Auto No.712 04 de noviembre de 2015
POR MEDIO DEL CUAL SE DA CUMPLIMIENTO A UNA ORDEN DE ARCHIVO DE UN EXPEDIENTE
La suscrita profesional Especializada de la Corporación Autónoma Regional de Caldas, en ejercicio de sus
funciones establecidas en el Acuerdo 23 del 29 de diciembre de 2014 y conforme a la Ley 99 de 1993, la
DISPONE
ARTÍCULO PRIMERO: Disponer el ARCHIVO DEFINITIVO del expediente sancionatorio ambiental Nro. 5162,
de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva del presente proceso sancionatorio.
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar el presente acto administrativo al señor JOSÉ ELIECER CASTAÑO
CASTAÑO, identificado con la cédula de ciudadanía número 16.135.050.
ARTÍCULO TERCERO: Contra el presente acto administrativo, por ser de trámite, no procede recurso
alguno de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento
ARTÍCULO CUARTO: Publicar la presente actuación en el Boletín de la Entidad, lo anterior en cumplimiento

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