Boletín N° 097, Julio, 2016 - Normativa - VLEX 877051199

Boletín N° 097, Julio, 2016

AÑO 2016 Nº 097 MANIZALES, JULIO DE 2016
GACETA OFICIAL No 097
Julio de 2016
JUAN DAVID ARANGO GARTNER
Director General
CORPOCALDAS
BERTHA JANETH OSORIO GIRALDO
Secretaria General
WILFORD RINCON ARANGO
Subdirector Planificación Ambiental
del Territorio
ADRIANA MERCEDES MARTÍNEZ GÓMEZ
Subdirectora Evaluación y Seguimiento
Ambiental
JAIME RAMÍREZ HENCKER
Subdirector Administrativo y Financiero
JHON JAIRO CHISCO LEGUIZAMON
Subdirector Infraestructura Ambiental
Secretaría General
Diseño, diagramación y formateo:
Luis Norberto Ramírez Marín
Técnico Subdirección Administrativa y
Financiera
Manizales, julio de 2016
CONTENIDO
Nota editorial 1
Trámites infracciones 2
Autos de inicio 2
Trámites de permisos 33
Resoluciones 33
Autos de inicio 185
Trámites bosques 273
Autos de inicio 273
Comunicación y Notificación
Facturación Devuelta por Correo 301
Resoluciones Acuerdos Dirección 331
Presidente Santos resalta la calidad de las obras construidas por
Corpocaldas
El martes 23 de abril, el presidente de la República, Juan Manuel
Santos, realizó una visita de seguimiento a la obra de control torrencial
construida sobre la quebrada Manizales, en el sector de Colombit.
El Primer Mandatario recordó los eventos ocurridos en el año 2011,
por efecto del fenómeno de La Niña, que afectaron la zona industrial y la
prestación del servicio de agua en la Capital Caldense.
Frente a la infraestructura, el Presidente puntualizó que la
construcción ya fue probada con los flujos torrenciales ocurridos en el
sector durante el último año. “El año pasado hubo una avalancha que
venía con más fuerza que la de 2011, estas obras donde estamos nosotros
hoy, fueron las responsables de que la avalancha no tuviera los efectos
negativos que tuvimos anteriormente”, puntualizó.
Por otra parte, Santos valoró la infraestructura con que cuenta
actualmente Manizales para suministrar el servicio de agua a toda la
población.
“Manizales puede decir que tiene dos acueductos, si uno falla el
otro entra a operar y eso garantiza que los Manizalitas no van a tener
problemas de agua hacia el futuro como lo tuvieron en el pasado
reciente”, concluyó el Presidente al recordar el desabastecimiento del
líquido durante el 2011.
Sobre la obra de control torrencial
Los diseños constan de tres diques de retención de empalizadas a
construir aguas arriba del sector de Colombit. Las estructuras, construidas
con material del sitio, cuentan con un núcleo central de material
compactado mecánicamente, recubierto con gaviones escalonados
revestidos en concreto. En la base de la estructura un box para manejo
de crecientes, con un periodo de retorno menor a 50 años.
El periodo de retorno de la construcción de control torrencial es de
200 años.
A la fecha, se encuentra terminado el segundo dique y el tercero
se construyó en un 50%, aproximadamente.
Para terminar el tercer dique y construir el primero y demás obras
a lo largo de la quebrada Manizales y la parte superior de la Cuenca,
Corpocaldas, la Alcaldía de Manizales, la Gobernación de Caldas,
gremios y clase dirigente están gestionando recursos ante el Gobierno
Nacional.
GACETA OFICIAL
GACETA OFICIAL
2
GACETA OFICIAL - Nº 97 JULIO DE 2016
TRÁMITES DE INFRACCIONES
TRÁMITES DE INFRACCIONES
AUTOS DE INICIO
AUTO NO. 293 1 DE JUNIO DE 2016
POR MEDIO DEL CUAL SE IMPONE UNA MEDIDA PREVENTIVA
La suscrita Profesional Especializada de la Corporación Autónoma Regional de Caldas, en ejercicio
de sus funciones establecidas en el Acuerdo 23 del 29 de diciembre de 2014 y conforme
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: IMPONER a la señora ROSALBA OCHOA PALACIO identificada con la cédula de
ciudadanía número 32.541.179, medida preventiva consistente en la SUSPENSIÓN INMEDIATA Y TEMPORAL DE TODA
ACTIVIDAD (GANADERIA- TIEGO), DE CAPTACIÓN DEL RECURSO HIDRICO QUE SE REALIZA EN EL PREDIO DENOMINADO
LA INDIA, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE NEIRA, CALDAS, EN LO QUE REFIERE A LAS ACTIVIDADES DE GANADERIA,
HASTA TANTO SE EFECTUE EL TRAMÍTE DE CONCESIÓN DE AGUAS CORRESPONDIENTE ANTE ESTA CORPORACIÓN
PARÁGRAFO PRIMERO: PARA USO PRIORITARIO O HUMANO DOMÉSTICO LA SEÑORA ROSALBA OCHOA
PALACIO IDENTIFICADA CON LA CÉDULA DE CIUDADANÍA NÚMERO 32.541.179., PODRA UTILIZAR 0,0105 l/s.
PARAGRAFO SEGUNDO:
PARÁGRAFO SEGUNDO: La Subdirección de Evaluación y Seguimiento Ambiental, deberá ejecutar
la medida preventiva ordenada por este Despacho. Para el efecto podrá solicitar acompañamiento de
funcionarios de la Alcaldía del municipio de Neira, Caldas, y/o de autoridad policiva.
PARAGRAFO TERCERO: Se le recomienda a Blaseñora ROSALBA OCHOA PALACIO identificada con la cédula
de ciudadanía número 32.541.179, tramitar ante esta Corporación la concesión de aguas correspondiente
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar el presente acto administrativo a la señora ROSALBA OCHOA PALACIO
identificada con la cédula de ciudadanía número 32.541.179, en los términos del artículo 67 de la Ley 1437 de
ARTÍCULO TERCERO: Comunicar el presente acto administrativo al Procurador Ambiental y Agrario para el
Eje Cafetero de conformidad con el artículo 56 de la ley 1333 de 2009 y a la Alcaldía de Neira, Caldas, a fin de
que suministre el apoyo necesario para la ejecución del medidas preventivas aquí adoptadas.
ARTÍCULO CUARTO: Publicar el contenido del presente acto administrativo en la Gaceta Oficial de
Corpocaldas, de conformidad con lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 70 de la ley 99 de 1993.
ARTÍCULO QUINTO: Contra la presente providencia, por ser de trámite, no procede recurso alguno de
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
MARÍA FERNANDA GUTIÉRREZ PINZÓN
Profesional Especializada - Secretaría General
AUTO NO. 294 2 DE JUNIO DE 2016
IINICIO GENERAL
“POR MEDIO DEL CUAL SE ORDENA LA APERTURA DE UNA INVESTIGACIÓN AMBIENTAL”
La suscrita profesional Especializada de la Corporación Autónoma Regional de Caldas, en ejercicio de sus
funciones establecidas en el Acuerdo 23 del 29 de noviembre de 2014 y conforme a la Ley 99 de 1993,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura de investigación ambiental a la empresa la empresa SERVICIOS
SANITARIOS PORTATILES BAÑOMOVIL S.A.S.con Nit No. 830008439-7, a fin de verificar las acciones u omisiones
constitutivas de infracción ambiental, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto.
ARTICULO SEGUNDO: En orden a determinar con certeza los hechos constitutivos de infracción y
complementar los elementos objeto de investigación, se podrá de oficio o a solicitud del investigado, realizar
todo tipo de diligencias y actuaciones administrativas que se estimen necesarias y pertinentes en los términos
3
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CALDAS - Secretaría General
ARTÍCULO TERCERO: Notificar el presente acto administrativo al representante legal, o quien haga sus
veces de la empresa SERVICIOS SANITARIOS PORTATILES BAÑOMOVIL S.A.S.con Nit No. 830008439-7,en los
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar el presente acto administrativo a la Procuraduría Delegada para Asuntos
Ambientales y Agrarios de conformidad con el artículo 56 de la ley 1333 de 2009.
ARTICULO QUINTO: Publicar el contenido del presente acto administrativo en la Gaceta Oficial de
Coprocaldas, de conformidad con lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 71 de la ley 99 de 1993.
ARTICULO SEXTO: Contra la presente providencia, por ser de trámite, no procede recurso alguno de
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
MARIA FERNANDA GUTIERREZ PINZON
Profesional Especializada - Secretaría General
AUTO NO. 295 2 DE JUNIO DE 2016
POR MEDIO DEL CUAL SE RECONOCE PERSONERÍA JURÍDICA PARA ACTUAR EN UN PROCESO SANCIONATORIO
AMBIENTAL
La suscrita Profesional Especializada de la Corporación Autónoma Regional de Caldas, en ejercicio de sus
funciones establecidas en el Acuerdo 23 del 29 de noviembre de 2014; conforme a la Ley 99 de 1993,
DISPONE
PRIMERO: Reconocer personería jurídica para actuar dentro del presente proceso sancionatorio
ambiental, obrante en el expediente número 6085, al Dr.OSCAR TABARES GIL, identificado con la cédula de
ciudadanía número 75.032.410 y portador de la tarjeta profesional número 54.998 del
Consejo Superior de la Judicatura, en los términos y facultades del poder conferido, en defensa de los
intereses del Municipio de Neira, Caldas.
SEGUNDO: Comunicar el presente acto administrativo al Alcalde Municipal de Neira, Caldas y a su
apoderado, Dr. OSCAR TABARES GIL.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
MARIA FERNANDA GUTIÉRREZ PINZÓN
Profesional Especializada- Secretaria General
AUTO NO. 296 3 DE JUNIO DE 2016
“POR MEDIO DEL CUAL SE SOLICITA UN CONCEPTO TECNICO Y SE INCORPORA UN DOCUMENTO
AL PROCESO SANCIONATORIO”
La suscrita Profesional de la Corporación Autónoma Regional de Caldas, Corpocaldas, en ejercicio de sus
facultades legales y reglamentarias, y en especial las conferidas por la Ley 99 de 1993 y la Ley 1333 de
2009 y el Acuerdo No. 23 del 29 de diciembre de 2014.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Fijar un término para la entrega del concepto técnico de treinta (60)días hábiles,
que se vencerá el día 01 de septiembre de 2016.
ARTICULO SEGUNDO: Ordenar realizar una Visita Técnica por parte de la Subdirección de Evaluación y
Seguimiento Ambiental, con destino al presente proceso sancionatorio, al predio al predio El Muro, ubicada en
la Vereda Bajo San Francisco, del Municipio de Supia, Caldas, de propiedad del señor LUIS HORANGEL SANCHEZ
PARRA, con el fin de verificar:
1. De conformidad con los argumentos expuestos por el investigado, verificar si en el predio existen o
no aspersores, y si se realiza riego de cultivos, especificando el tema. En todo caso, establecer si

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR