Boletín N° 105, Mayo, 2017 - Normativa - VLEX 877051273

Boletín N° 105, Mayo, 2017

Año2017
AÑO 2017 Nº 105 MANIZALES, ABRIL DE 2017
GACETA OFICIAL No 105
Abril de 2017
JUAN DAVID ARANGO GARTNER
Director General
CORPOCALDAS
BERTHA JANETH OSORIO GIRALDO
Secretaria General
WILFORD RINCON ARANGO
Subdirector Planificación Ambiental
del Territorio
ADRIANA MERCEDES MARTÍNEZ GÓMEZ
Subdirectora Evaluación y Seguimiento
Ambiental
JAIME RAMÍREZ HENCKER
Subdirector Administrativo y Financiero
JHON JAIRO CHISCO LEGUIZAMON
Subdirector Infraestructura Ambiental
Secretaría General
Diseño, diagramación y formateo:
Luis Norberto Ramírez Marín
Técnico Subdirección Administrativa y
Financiera
Manizales, abril de 2017
CONTENIDO
Nota editorial 1
Trámites infracciones 2
Autos de inicio 2
Resoluciones 47
Trámites de permisos 55
Autos de inicio 55
Resoluciones 123
Trámites bosques 461
Resoluciones 461
Presidente Santos resalta la calidad de las obras construidas por
Corpocaldas
El martes 23 de abril, el presidente de la República, Juan Manuel
Santos, realizó una visita de seguimiento a la obra de control torrencial
construida sobre la quebrada Manizales, en el sector de Colombit.
El Primer Mandatario recordó los eventos ocurridos en el año 2011,
por efecto del fenómeno de La Niña, que afectaron la zona industrial y la
prestación del servicio de agua en la Capital Caldense.
Frente a la infraestructura, el Presidente puntualizó que la
construcción ya fue probada con los flujos torrenciales ocurridos en el
sector durante el último año. “El año pasado hubo una avalancha que
venía con más fuerza que la de 2011, estas obras donde estamos nosotros
hoy, fueron las responsables de que la avalancha no tuviera los efectos
negativos que tuvimos anteriormente”, puntualizó.
Por otra parte, Santos valoró la infraestructura con que cuenta
actualmente Manizales para suministrar el servicio de agua a toda la
población.
“Manizales puede decir que tiene dos acueductos, si uno falla el
otro entra a operar y eso garantiza que los Manizalitas no van a tener
problemas de agua hacia el futuro como lo tuvieron en el pasado
reciente”, concluyó el Presidente al recordar el desabastecimiento del
líquido durante el 2011.
Sobre la obra de control torrencial
Los diseños constan de tres diques de retención de empalizadas a
construir aguas arriba del sector de Colombit. Las estructuras, construidas
con material del sitio, cuentan con un núcleo central de material
compactado mecánicamente, recubierto con gaviones escalonados
revestidos en concreto. En la base de la estructura un box para manejo
de crecientes, con un periodo de retorno menor a 50 años.
El periodo de retorno de la construcción de control torrencial es de
200 años.
A la fecha, se encuentra terminado el segundo dique y el tercero
se construyó en un 50%, aproximadamente.
Para terminar el tercer dique y construir el primero y demás obras
a lo largo de la quebrada Manizales y la parte superior de la Cuenca,
Corpocaldas, la Alcaldía de Manizales, la Gobernación de Caldas,
gremios y clase dirigente están gestionando recursos ante el Gobierno
Nacional.
GACETA OFICIAL
GACETA OFICIAL
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GACETA OFICIAL - Nº 105 ABRIL DE 2017
TRÁMITES DE INFRACCIONES
TRÁMITES DE INFRACCIONES
AUTOS DE INICIO
Auto No. 2017-332 1º de febrero de 2017
“POR MEDIO DEL CUAL SE ORDENA UNA APERTURA DE UNA INVESTIGACIÓN AMBIENTAL”
La suscrita Profesional Especializada de la Corporación Autónoma Regional de Caldas, en ejercicio de sus
funciones establecidas en el Acuerdo 23 del 29 de diciembre de 2014 y conforme a la Ley 99 de 1993, la
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura de investigación ambiental en contra de los señores: JORGE
JESUS RIOS RAMIREZ Y JOHN CARLOS ARIAS HERNANDEZ, identificados con las cedulas de ciudadanía números
1.385.910 y 15.959.761 a fin de verificar las acciones u omisiones constitutivas de infracción ambiental, de
conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto.
ARTICULO SEGUNDO: En orden a determinar con certeza los hechos constitutivos de infracción y
complementar los elementos objeto de investigación, se podrá de oficio o a solicitud del investigado, realizar
todo tipo de diligencias y actuaciones administrativas que se estimen necesarias y pertinentes en los términos
ARTÍCULO TERCERO: Notificar el presente acto administrativo a los señores: JORGE JESUS RIOS RAMIREZ Y
JOHN CARLOS ARIAS HERNANDEZ, identificados con las cedulas de ciudadanía números 1.385.910 y 15.959.761
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar el presente acto administrativo a la Procuradora Quinta Judicial II Agraria
de conformidad con el artículo 56 de la ley 1333 de 2009.
ARTICULO QUINTO: Publicar el contenido del presente acto administrativo en la Gaceta Oficial de
Corpocaldas, de conformidad con lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 71 de la ley 99 de 1993.
ARTICULO SEXTO: Contra la presente providencia, por ser de trámite, no procede recurso alguno de
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
MARIA FERNANDA GUTIERREZ PINZON
Profesional Especializada - Secretaría General
Auto No. 2017-333 1º de febrero de 2017
“Por medio del cual se impone una medida preventiva de Amonestación Escrita”
La suscrita Profesional Especializada de la Corporación Autónoma Regional de Caldas, en ejercicio de sus
funciones establecidas en el Acuerdo 23 del 29 de diciembre de 2014 y conforme a la Ley 99 de 1993, la
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Imponer al señor JAIRO DE JESUS VAHOS PUERTA, identificado con la cédula de
ciudadanía No. 3564409,la medida preventiva consistente en amonestación escrita, con el fin de que proceda
a dar cumplimiento a las recomendaciones obligaciones pendiente en el Plan de Manejo Ambiental No. 077
del 11 de febrero de 2016.
Parágrafo Primero: El amonestado deberá presentar tramitar ante la Subdirección de Evaluación y
Seguimiento ambiental la concesión de aguas y permiso de vertimientos, es de anotar que en el permiso de
vertimientos de incluirse las siguientes acciones recomendadas, que se detallan así:
• El trámite de permiso de vertimientos y concesión de aguas en beneficio del predio la Bella deberá
contener con la solicitud el plan de manejo de los residuos sólidos y líquidos de la explotación
porcicola el cual deberá incluir plan de fertilización y cumplir con lo estipuladoen la Guía Ambiental
para el Subsector Porcicola del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible.
• Presentar un plan de manejo para los residuos sólidos y líquidos generados dentro de la actividad de
beneficio de café.
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CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CALDAS - Secretaría General
• Realizar mantenimiento a las unidades que conforman el sistema séptico esto teniendo en cuanta el
manual de funcionamiento y mantenimiento del fabricante.
Adicionalmente, para el buen manejo de las excretas generadas en la actividad porcicola se le
recomienda:
- Previo al lavado de las porquerizas se le recomienda al raspado de la porcinaza en seco, esta
se debe manejar en una marquesina de secado y/o en una caseta de compostaje y luego
puede utilizarse como abono orgánico.
- Los residuos líquidos provenientes del lavado de las instalaciones debe de ser llevado a un
tanque estercolero el cual deberá instalar en el predio, la porcinaza liquida puede ser utilizada
como abono orgánica. Se le requiere evitar los vertimientos directos a fuentes de agua.
- Realizar el lavado de las porquerizas haciendo uso racional y eficiente del agua.
ARTÍCULO SEGUNDO: El señor JAIRO JESUS VAHOS PUERTA, tendrá un plazo de sesenta (60) días, contados
a partir de la notificación del presente acto administrativo para que cumpla con lo preceptuado en el artículo
primero del presente Auto.
PARÁGRAFO: En caso de que el amonestado no realice lo indicado en el artículo primero de este acto
administrativo, esta Autoridad procederá a abrir una investigación ambiental con las consecuencias jurídicas
que esta acarrea.
ARTÍCULO TERCERO:En el término de noventa (90) días calendario, contados a partir de la notificación
del presente acto administrativo, la Subdirección de Evaluación y Seguimiento Ambientalprocederá a verificar
el cumplimiento del artículo primerode esta providencia. De dicha verificación se enviará informe con el fin de
iniciar o archivar el presente trámite sancionatorio.
PARÁGRAFO: Dar traslado del presente acto administrativo a la Subdirección de Evaluación y Seguimiento
Ambiental para su conocimiento y para lo de su competencia.
ARTÍCULO CUARTO: Notificar la presente providencia al señor Jairo de Jesús Vahos Puerta, en los términos
ARTÍCULO QUINTO: Contra la presente providencia, no procede recurso alguno de conformidad con lo
ARTÍCULO SEXTO: Publicar el contenido del presente acto administrativo en la Gaceta Oficial de
Corpocaldas, de conformidad con lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 70 de la ley 99 de 1993.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
MARÍA FERNANDA GUTIÉRREZ PINZÓN
Profesional Especializado - Secretaría General
Auto No. 2017-334 1º de febrero de 2017
“POR MEDIO DEL CUAL SE IMPONE UNA MEDIDA PREVENTIVA”
La suscrita profesional Especializada de la Corporación Autónoma Regional de Caldas, en ejercicio de sus
funciones establecidas en el Acuerdo 23 del 29 de diciembre de 2014 y conforme a la Ley 99 de 1993, la
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Legalizar la aprehensión preventiva 30 piezas de Caimito equivalentes a 1.8 m3,
efectuado el día 12 de octubre de 2016,impuesta al señor CARLOS ANDRÉS OSSA CANO identificado con
cédula de ciudadanía N° 1.087.548.775 y el señor WILSON QUINTERO GONZÁLEZ identificado con cédula de
ciudadanía N° 10.132.325, de la especie conocida como Caimito, que tiene las siguientes especificaciones:
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar la presente providencia a los señores Carlos Andrés Ossa y Wilson
Quintero González.
ARTÍCULO TERCERO: Contra la presente providencia, no procede recurso alguno de conformidad con lo

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