Buen nombre, intimidad y habeas data - Núm. 20, Julio 2016 - Artículos de Activo Legal - Noticias - VLEX 647165585

Buen nombre, intimidad y habeas data

Uno de los bienes jurídicos más importantes de una persona y que corresponden a su patrimonio moral, es el buen nombre. Frente a la protección de este derecho en cuanto al manejo de información crediticia y financiera, está estrechamente relacionada con la veracidad y certeza de la misma, ya que la transmisión o reproducción de información herrada no solo puede afectar la buena imagen de un individuo o empresa, sino que además puede generar un impacto negativo en sus economías.

Lo anterior quiere decir que si el manejo de la información crediticia y financiera es errónea, esta situación puede causar no solo que se afecte el buen nombre, sino que se vea afectado su bolsillo.

Hablemos de la norma

Tengamos en cuenta que el artículo 15 de la Constitución colombiana establece que “Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas.”

Este artículo, además de amparar el derecho al buen nombre, en el que la información debe ser cierta y veraz y en donde los datos contenidos en ella no deben ser falsos ni erróneos, ampara además dos derechos fundamentales más, el de la intimidad y...

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