La caducidad ante la liquidación extemporánea del contrato estatal: posiciones divergentes entre laudos, ministerio público con el Consejo de Estado
Autor | Jhon Carlos García Perea, Jhon Álvaro Velasco Acosta, Carlos Alberto Mantilla Namén |
Cargo del Autor | Procurador 137 Judicial II para Asuntos Administrativos de Bogotá. / Procurador 136 Judicial II para Asuntos Administrativos de Bogotá. / Procurador 132 Judicial II para Asuntos Administrativos de Bogotá. |
Páginas | 97-112 |
La caducidad ante la liquidación
extemporánea del contrato estatal:
posiciones divergentes entre laudos,
Ministerio Público con el Consejo de Estado
3
Sumario
“Para
garantizar la seguridad jurídica de los sujetos procesales, el legislador instituyó
la gura de la caducidad como una sanción en los eventos en que determinadas
acciones judiciales no se ejercen en un término especíco. Las partes tienen la
carga procesal de impulsar el litigio dentro del plazo jado por la ley y de no
hacerlo en tiempo, perderán la posibilidad de accionar ante la jurisdicción para
hacer efectivo su derecho. (…) Es así como el fenómeno procesal de la caduci-
3
Jhon Carlos Garcí a Perea - Jhon Álvaro Velasco Acosta - Carlo s Alberto Manti lla Namén
dad opera ipso iure o de pleno derecho, es decir que no admite renuncia, y el
juez debe declararla de ocio cuando verique la conducta inactiva del sujeto
procesal llamado a interponer determinada acción judicial. La caducidad ha
sido entendida como la extinción de la posibilidad de formular una pretensión
por el transcurso del tiempo previamente jado por la ley en forma objetiva”4.
En este orden de ideas, el asunto bajo estudio en el presente artículo recae
en concreto sobre la oportunidad para el ejercicio del medio de control de
caducidad de la acción y sobre las distintas interpretaciones para el cómputo
del mismo, particularmente en casos problemáticos donde el punto de partida
contencioso administrativa concretada en los medios de control de controversias
3, el cual corresponderá
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba