Resolución Número 0326 de 1999, agosto 19, Adjudicar a Carlos Alberto Rivera Calvo y Luz Aidé Castaño Benítez, el terreno baldío denominado Lote Urbano, ubicado en la inspección de policía San Lorenzo, jurisdicción del municipio de Castilla La Nueva, departamento del Meta - 19 de Agosto de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 47000380

Resolución Número 0326 de 1999, agosto 19, Adjudicar a Carlos Alberto Rivera Calvo y Luz Aidé Castaño Benítez, el terreno baldío denominado Lote Urbano, ubicado en la inspección de policía San Lorenzo, jurisdicción del municipio de Castilla La Nueva, departamento del Meta

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de la Reforma Agraria
Número de Boletín47137

El Gerente de la Regional Meta del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y CONSIDERANDO: Que se ha dado el trámite legal correspondiente a la solicitud de adjudicación de terrenos baldíos presentada por Carlos Alberto Rivera Calvo y Luz Aidé Castaño Benítez, se han acreditado todos los requisitos y condiciones para la expedición del título de dominio, RESUELVE:

Artículo 1°

Adjudicar a Carlos Alberto Rivera Calvo y Luz Aidé Castaño Benítez, identificados con las cédulas de ciudadanía números 17285980 y 40210119, el terreno baldíodenominado Lote Urbano, ubicado en la Inspección Policía San Lorenzo, jurisdicción del municipio de Castilla La Nueva, departamento del Meta, cuya extensión ha sido calculada en cero (00) ha doscientos noventa y cuatro (294) metros cuadrados extensión adjudicable de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 160 de 1994 y se identifica por los siguientes linderos y el plano radicado en el Incora con el número 596109 de marzo de 1999.

Punto de partida: El detalle 6 dirección sureste al detalle 7 en 16,24 metros con Jesús Amado Rivera, cerca al medio.

Sureste: Del detalle 7, dirección suroeste al detalle 2 en 18,07 metros con Benjamín Fuentes, cerca al medio.

Suroeste y noroeste: Del detalle 2, dirección noroeste y noreste al detalle 6 punto de partida en 34,30 metros con vía pública pared al medio y encierra.

Parágrafo.

La presente adjudicación se hace de conformidad con la excepción contemplada a la norma general que determina la titulación de baldíos de la Nación en Unidades Agrícolas Familiares, U.

A.

F., previstas en el artículo 1° numeral 1 del Acuerdo 14 de 1995.

Artículo 2°

La resolución por la cual se adjudica un terreno baldío, una vez inscrita en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del círculo respectivo, y publicada en el Diario Oficial constituye título suficiente de dominio y prueba de la Propiedad.

Las resoluciones de adjudicación de predios baldíos menores de 50 hectáreas no requieren publicidad en el Diario Oficial.

Artículo 3o

La presente adjudicación queda sujeta a las disposiciones que regulan la titulación de terrenos baldíos, especialmente a las servidumbres pasivas de tránsito, acueducto, canales de riego o drenaje y las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR