Por el camino equivocado No abusar de la tutela - 26 de Enero de 2011 - El Tiempo - Noticias - VLEX 243490794

Por el camino equivocado No abusar de la tutela

La Acción de Tutela, establecida por el Constituyente de 1991, es un mecanismo de honda raigambre social y democrática para proteger derechos fundamentales de los asociados. Pero es muy preocupante que, a través de pronunciamientos judiciales erráticos, con frecuencia se desvirtúen su naturaleza y alcances, incidiendo de forma negativa en la correcta, pronta y cumplida administración de justicia.

Un juez de Adolescencia en Cartagena decide suspender una orden de captura proferida por la Corte Suprema de Justicia, para hacer efectiva la sentencia condenatoria proferida luego de un largo y accidentado proceso por el conocido y vergonzoso escándalo de Dragacol. Desde octubre del 2000 quedó en firme en la Fiscalía una resolución de acusación contra Reginaldo Bray y otros implicados en la investigación por una cuestionada conciliación, que supuso millonarias pérdidas para el Estado. Extrañamente, por cambio de jueces, dilaciones, transgresión de términos procesales, la etapa del juicio tomó más de ocho años, y solo hasta hace poco la Sala Penal de la Corte pudo avocar el caso y condenar en sentencia definitiva al principal acusado.

Para llegar a esa conclusión, intervinieron por lo menos 20 funcionarios del área penal, entre fiscales de primera y segunda instancia, agentes del Ministerio Público, jueces, magistrados de Tribunal y de la Corte. Y ahora, mucho tiempo después de emitida la sentencia última, un juez, por vía de tutela, dispone suspender la orden de captura: ¡como si todos los demás agentes judiciales hubiesen actuado contra la ley, violando los derechos del procesado!

No hace mucho tiempo, dos de tres magistrados en una sala de decisión de la Corte Constitucional, años después de expedida, anularon la sentencia condenatoria de la Corte Suprema contra un exministro por el caso del "miti-miti", con el endeble argumento de que cuando el acusado cometió el hecho estaba en licencia y, por tanto, no le era aplicable el fuero constitucional. Allí también se desconoció la opinión de más de 20 funcionarios. Al anularse el...

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