El Juzgado Tercero de Familia de Bogotá, Distrito Capital, hace saber que se decretó la interdicción provisoria de Sandra Milena González Bejarano. - 7 de Noviembre de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51612521

El Juzgado Tercero de Familia de Bogotá, Distrito Capital, hace saber que se decretó la interdicción provisoria de Sandra Milena González Bejarano.

EmisorVarios
Número de Boletín46805

Bogota, Distrito Capital, HACE SABER:

Dentro del proceso de interdiccion de Sandra Milena Gonzalez Bejarano, mediante providencia del 18 de mayo de 2007, se decreto la interdiccion provisoria de Sandra Milena Gonzalez Bejarano designandose como curadora provisional, a su señora madre Maria Margarita Bejarano Hidalgo, a quien se le discernira el cargo.

Para los efectos indicados en el articulo 659 numeral 7 del Codigo de Procedimiento Civil, se fija el presente edicto en lugar publico de la...

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