¿El capital suscrito puede determinar la solvencia de una sociedad? - Núm. 18, Mayo 2016 - Artículos de Activo Legal - Noticias - VLEX 638541625

¿El capital suscrito puede determinar la solvencia de una sociedad?

El capital de una sociedad, según es definido por el Decreto 2649 de 1993 como el que “representa los aportes efectuados al ente económico, en dinero, en industria o en especie, con el ánimo de proveer recursos para la actividad empresarial que, además sirvan de garantía para los acreedores”.

En términos contables este capital debe registrarse en la fecha en la cual se otorgue el documento de constitución o de reforma, o cuando se perfeccione el compromiso de realizar el aporte.

Sin embargo, el capital suscrito existe en las sociedades cuyo capital se divide en acciones y constituyes esa parte del capital que los accionistas de una sociedad se obligan a cubrir en un plazo menor a 2 años. Así que su finalidad no es necesariamente financiar a la sociedad y por lo tanto no puede utilizarse como un rubro para que la sociedad pueda autofinanciarse.

De esa manera, cualquiera que desee otorgar un crédito a la sociedad, pero que quiera garantizar el préstamo, deberá analizar la información contable...

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