Resolución número 2387 de 2007, por la cual se autoriza a la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S. A. E.S.P., para gestionar una emisión de Bonos de Deuda Pública Externa en el mercado de capitales externo hasta por el equivalente en pesos colombianos de trescientos millones de dólares (USD$300.000.000.00) de los Estados Unidos de América - 19 de Septiembre de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51311913

Resolución número 2387 de 2007, por la cual se autoriza a la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S. A. E.S.P., para gestionar una emisión de Bonos de Deuda Pública Externa en el mercado de capitales externo hasta por el equivalente en pesos colombianos de trescientos millones de dólares (USD$300.000.000.00) de los Estados Unidos de América

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín46756

El Ministro de Hacienda y Credito Publico, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el paragrafo 2° del articulo 41 de la Ley 80 de 1993 y el articulo 20 del Decreto Reglamentario 2681 de 1993, y CONSIDERANDO:

Que mediante oficio del 6 de julio de 2007, la Empresa de Telecomunicaciones de Bogota S.A. E.S.P, solicito al Ministerio de Hacienda y Credito Publico autorizacion para iniciar gestiones para realizar una emision de bonos de deuda publica externa hasta por la suma de trescientos millones de dolares (USD$300.000.000.00) NTC ISO 9001: 2000 Prestacion de los servicios editoriales de impresion, publicacion, divulgacion y comercializacion de normas, actos ficial administrativos y demas publicaciones CERTIFICADO del Estado.

ISO 9001 SC-3414-1 * Tarifa Postal Reducida 56/2000 I S S N 0122-2112 PublIca numero 733 inisterio de Hacienda y credito Publico de los Estados Unidos de America o su equivalente en pesos colombianos, teniendo en cuenta la estrategia financiera consistente en fondear el pasivo pensional y posteriormente conmutar la totalidad de esta obligacion, adoptada desde el 2003, cuya esencia es garantizar, con la constitucion del Patrimonio Autonomo Pensional, el cumplimiento de las obligaciones asociadas con los pensionados y mitigar riesgos por insolvencia relacionados con la posible generacion de contingencias futuras de liquidez, traduciendose lo anterior en un mejoramiento de los indicadores financieros de la empresa;

Que el articulo 3° del Decreto 2681 de 1993 autoriza a las entidades estatales para realizar operaciones de credito publico dentro de las cuales se encuentran comprendidas, entre otras, la emision, suscripcion y...

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