Capítulo 4. Los conceptos atinentes al sistema democrático pro homine - El proceso con derechos humanos. Método de debate y garantía frente al poder - Libros y Revistas - VLEX 951641217

Capítulo 4. Los conceptos atinentes al sistema democrático pro homine

AutorGustavo Calvinho
Páginas49-69
49
Capítulo 4
Los conceptos atinentes al sistema democrático
pro homine
Sumario
1. Exordio. 2. La democracia. 2.1. La democracia formal. 2.2. La democracia
sustancial. 3. El constitucionalismo. 3.1. El neoconstitucionalismo. 3.2. El des-
constitucionalismo. 4. La república. 5. El Estado de derecho. 6. Recapitulación.
1. Exordio
La aludida multivocidad y equivocidad del lenguaje se muestran en todo su
esplendor cada vez que se trata de establecer y relacionar el sentido de los
conceptos jurídicos y políticos que pueden entenderse contenidos en un sistema
democrático. Basta traer a colación la versatilidad con que se emplea justa-
mente el término democracia. Teniendo por lo general un signicado que
cuenta con buena reputación –cabe destacar que como concepto no solo fue
evolucionando con el paso del tiempo, sino también hilvanándose con otros–
no importa tanto la variedad de acepciones que encontremos. Nos preocupa
mucho más la usurpación de la denominación que únicamente aporta confu-
sión hasta el punto de degradar su alcance. Así, con cierta frecuencia, algunos
regímenes autocráticos o que solo observan algunas formalidades electivas se
apuran en autocalicarse de democráticos.75
75 Para Calogero Pizzolo, América Latina disfruta el más largo período de democracia desde la época
de su independencia de las metrópolis europeas. Sin embargo, lo que debiera presentarse como una bo-
nanza institucional exhibe calidad institucional en baja que obstaculiza la vigencia del Estado de derecho y
la seguridad jurídica en la región. Observa que, si tuviéramos que encuadrar las experiencias que analiza
–se reere a los casos de Venezuela, Bolivia y Ecuador– dentro de alguna forma de gobierno, sería la de
autocracias electivas. Señala que sus dos características centrales son su origen electivo y la acumulación
de poder en la voluntad del líder o caudillo. No obstante, estima que esta forma de gobierno aún puede ser
ubicada dentro de los sistemas democráticos. Si bien se trata de democracias imperfectas, considera que es
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Tampoco ayuda la excesiva adjetivación alentada por distintas concepcio-
nes políticas que utilizan el término democracia, aunque poco tengan de ella.
No cuesta hallar mención a la democracia liberal, burguesa, social, progresista,
socialista, mediática o de audiencia,76 proletaria e, incluso, fascista. De este
modo, algunos autores sostienen que la única democracia auténtica sería la
democracia sin adjetivos, mientras que las concepciones adjetivadas parece-
rían limitadoras, distorsionadoras o potencialmente peligrosas. Sin embargo,
dado que todos sabemos cuán vaga y retórica es la concepción de democracia
recurrente en el lenguaje común, los adjetivos resultan indispensables. Por
lo tanto, es inevitable analizar los muchos adjetivos de la democracia para
valorar su pertinencia.77
En tal sentido, el constitucionalista argentino Jorge Reinaldo Vanossi
explica que la apelación a la democracia social ha suscitado las más variadas reac-
ciones. En parte, ello ha sido debido a la falta de conceptualización más o menos
precisa, de tal manera que el término pudiera ser entendido en el marco de
ideas concretas sobre el Estado, la democracia y el derecho. Remarca que, a raíz
del uso multívoco que la propia palabra democracia ha recibido por parte de
las más variadas y hasta antagónicas concepciones, se torna necesario perlar
el sentido de la democracia social, habida cuenta de las malversaciones sufridas
que redundan en la desorientación general, tanto de los destinatarios de la
democracia cuanto de los propios especialistas de la política como objeto de
estudio. Basta para conrmar el aserto con la sola mención de los términos
que se han ido acuñando: democracia orgánica, democracia fuerte, democracia
popular, democracia funcional, democracia integral, etcétera, y, en muchos
un error de los grandes simplicadores de la política sostener que existe un solo modelo de democracia y
pretender en consecuencia exportarlo al mundo como cualquier producto de consumo masivo –v. Pizzolo,
Calogero. “Populismo y rupturas constitucionales. Los casos de Venezuela, Bolivia y Ecuador”. Revista
Jurídica Argentina La Ley, Ed. La Ley, Buenos Aires, t. 2007-C, pp. 830-831–. Esta opinión sirve como
aperitivo para ir comprendiendo la amplitud con que se emplea la palabra democracia y la necesidad de
nutrirla en su aspecto sustancial para que no quede reducida a una simple muletilla vacía de contenido.
76 V. ury Cornejo, Valentín. Juez y división de poderes hoy. Buenos Aires: Ed. Ciudad Argentina;
2002, p. 210. Allí explica que en la democracia mediática o de audiencia –según la denominación adop-
tada por Bernard Manin– el electorado se presenta como un público que responde a los estímulos que
los políticos lanzan a la arena del debate público, asumiendo una actitud meramente reactiva.
77 V. Bovero, Michelangelo. Una gramática de la democracia contra el gobierno de los peores. Traducción
de Lorenzo Córdova Vianello. Madrid: Ed. Trotta; 2002, pp. 37-38.
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