Capítulo III: La protección del derecho a la salud desde la dimensión del sistema de responsabilidad médica
Autor | Mónica Lucia. Fernández Muñoz y José Manuel Gual Acosta |
Cargo del Autor | Doctora en Persona y Tutelas Jurídicas por la Scuola Superiore Sant'Ana di Pisa (Italia). / Doctor en Derecho Civil por la Scuola Superiore Sant'Ana di Pisa (Italia) |
Páginas | 59-78 |
Capítulo III
La protección del derecho a la
salud desde la dimensión del sistema
de responsabilidad médica*
1
2
Introducción
dramática visión de la medicina que no obraba para el bienestar del
individuo sino a nombre de una ideología destructora dominante, que
Fue luego del juicio de condena de médicos nazis llevado a cabo por
*
por parte de la Univer sidad Libre y por la Corpor ación Universitaria Republica na,
1 Doctora en Persona y Tutelas Jur ídicas por la Scuola Superiore Sant’Ana di Pisa
Proceso “Gust avo Vanegas Torres”, línea Derecho Pr ivado. Correo electrónico:
2
Mónica Lucia. Fern ández Muñoz - José Man uel Gual Acosta60
el Tribunal de Nuremberg en agosto de 1947 que la persona humana
fue llevada al corazón de las preocupaciones de la medicina, pero, este
reemplazo no fue dejado a la apreciación absoluta de la medicina, sino
que fue puesta bajo el control de la sociedad (
La visión de protección de la salud de la persona ha permitido un
amplio desarrollo en su regulación, en la medida que el núcleo esencial
de este derecho obliga a resguardar la estabilidad orgánica y funcional
del ser humano, sino además, de los ámbitos psíquicos y afectivos de
solo en la Constitución Política de 1991, sino también en múltiples
instrumentos jurídicos internacionales que hacen parte de su
ha tenido un amplio desarrollo en diversas disposiciones legales como
la Ley 100 de 1993, la Ley 1122 de 2007, la Ley 1438 de 2011 y la
La intervención de la Corte Constitucional ha sido determinante
en Colombia para la protección y garantía de este derecho. Durante
muchos años, la interpretación del mismo, le permitió reconocer el
derecho a la salud como un derecho fundamental bajo tres aspectos.
fundamentales como la vida, la integridad personal y la dignidad
de sujeto de especial protección constitucional (menores, población
derecho a la salud que coincide con los servicios contemplados por
la Constitución, el bloque de constitucionalidad, la ley y los planes
a la salud la categoría de Derecho Fundamental; en consecuencia,
por su vínculo directo con la dignidad de la persona humana, por
su universalidad, indisponibilidad, irrenunciabilidad, por su doble
dimensión individual y colectiva, se entiende que debe ser objeto
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba